Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Arco. (02605/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza de vertidos a la red municipal de alcantarillado
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Ayuntamiento de Fuente del Arco

Anuncio 2605/2021

Con independencia de las sanciones expuestas, el Ayuntamiento, podrá cursar la correspondiente denuncia a
los organismos competentes a efectos de las sanciones que correspondan.
Artículo 26.
La potestad sancionadora corresponderá al Sr. Presidente del Ayuntamiento, el cual podrá delegar tanto la
imposición de multas como cualquier otra medida a adoptar.
Disposición transitoria.
Todas las industrias existentes con anterioridad a la aprobación de esta Ordenanza, deberán solicitar, en el
plazo de 18 meses a partir de su entrada en vigor, permiso para realizar sus vertidos a la red de alcantarillado,
presentando una caracterización del vertido a realizar recogiendo volúmenes y tipologías de los mismos.
El Ayuntamiento, entidad o empresa en quien delegue, podrá proponer un modelo normalizado para dicha
caracterización de vertido.
Disposición final.
El Ayuntamiento, determinará en la Ordenanza fiscal correspondiente, el régimen económico de la prestación
del servicio de alcantarillado.
En Fuente del Arco, a 1 de junio del 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, María del Carmen Domínguez Lozano.

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