Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02537/2021)
Bases para la provisión, como personal funcionario de carrera, de una plaza de Agente de la Policía Local, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Arroyo de San Serván
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Ayuntamiento de Arroyo de San Serván

Anuncio 2537/2021

Los aspirantes que hubieran aprobado la primera fase del proceso selectivo, deberán acreditar en el
Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados,
que cumplen los requisitos y condiciones establecidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado los opositores no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos
obtenidos, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas todas sus actuaciones,
sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. En
ese caso la Alcaldía efectuará nombramiento a favor del primero de los propuestos que habiendo alcanzado
la puntuación mínima exigida en los ejercicios de la oposición tuviera mayor puntuación en la suma de todos
ellos. De igual modo se procederá si, con anterioridad al nombramiento por el Alcalde del aspirante
propuesto por el Tribunal, este formulará su renuncia a los derechos derivados de su participación en el
proceso selectivo y a ser nombrado funcionario en prácticas.
Cumplidos los requisitos formales serán nombrados por el Alcalde, funcionarios en prácticas y percibirán, con
cargo a la Corporación, las retribuciones correspondientes. Este nombramiento se otorgará al inicio del curso
selectivo y durará hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera.
Undécima. Curso selectivo.
De conformidad con el artículo 50.4 a) de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales
de Extremadura, para la obtención de la condición de funcionario de carrera en la categoría de agente, los
funcionarios en prácticas deberán superar un curso selectivo de ingreso impartido por la Academia de
Seguridad Pública de Extremadura con la duración que se establezca al respecto.
Los contenidos del curso selectivo, así como su desarrollo, serán determinados por la Consejería competente
en materia de coordinación de Policías Locales, a propuesta de la Dirección de la Academia de Seguridad
Pública y previo informe de la Comisión de Coordinación de la Policía Local de Extremadura.
Duodécima. Nombramiento definitivo y toma de posesión.
Concluido el curso selectivo de formación y el período de prácticas, la Alcaldía, a la vista de la relación de
aspirantes que lo hayan superado, dictará resolución nombrando funcionarios de carrera a los referidos
aspirantes, publicándose el nombramiento en el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión de su cargo en el plazo de quince días. Si no lo hiciera, sin
causa justificada, se entenderá que renuncia a la plaza.
Decimotercera. Impugnación.
Contra la presente convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los
interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, a partir del día
siguiente al de publicación de su anuncio en Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Decimocuarta. Igualdad de género.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las presentes bases
se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de
sexos.
Decimoquinta. Publicación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se
aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura, las presentes bases, que regirán el
proceso selectivo, se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y el anuncio de la
convocatoria en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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