Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02441/2021)
Extracto de las bases específicas para la convocatoria de las ayudas de suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Zafra para el año 2021
6 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 2441/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Zafra
Zafra (Badajoz)
Anuncio 2441/2021
Extracto de las bases específicas para la convocatoria de las ayudas de suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de
Zafra para el año 2021

EXTRATO DE LAS BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DE SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES DEL
AYUNTAMIENTO DE ZAFRA PARA EL AÑO 2021
BDNS (Identif.): 566067
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/566067).
Artículo 1. Beneficiarios.
Podrán solicitar esta subvención aquellas personas que carezcan de recursos económicos suficientes para
hacer frente a los gastos de energía eléctrica, gas natural y propano, agua potable y gas butano que, referidos
a la vivienda habitual, se consideran suministros mínimos vitales y que cumplan con los requisitos publicadas
en las bases.
Artículo 2. Objeto.
El objetivo de las presentes bases y convocatoria es la regulación de las ayudas para suministros vitales del
Ayuntamiento de Zafra para el año 2021. Estas ayudas se regirán por las disposiciones del Decreto 11/2021,
de 17 de marzo, y por lo establecido en las bases.
Artículo 3. Naturaleza de las ayudas, gastos subvencionables y cuantía máxima.
Son ayudas económicas finalistas destinadas a personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer
frente a los gastos que se especificarán a continuación:
Gastos de energía eléctrica y gas natural y propano.
Gastos de agua potable.
Gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del suministro de energía eléctrica,
gas natural, gas propano y agua potable.
Gas butano
La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los importes por anualidad y unidad de
convivencia que se establecen a continuación:
Hasta 2 miembros: 700,00 €.
Entre 3 y 4 miembros: 800,00 €.
5 o más miembros: 900,00 €.
Artículo 4. Requisitos de los beneficiarios de las ayudas.
Personas que estén empadronadas y residan legal y efectivamente en Extremadura y cumplan los siguientes
requisitos:
a) Ser mayores de edad o que, aun siendo menores de dicha edad, sean huérfanas absolutas o
estén emancipadas, por concesión judicial o de quienes ejerzan la patria potestad.
b) Residir en el municipio de Zafra con una antigüedad de, al menos, seis meses
inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Este requisito de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 6