Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (02461/2021)
Decreto de autorización de prórroga del plazo de ejecución, pago y justificación de todas las actuaciones incluidas en el Plan de Reactivación Económica y Social, Diputación Suma____SIMPLE_HTML_DOM__VOKU__PLUS____
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Badajoz
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Decreto de autorización de prórroga del plazo de ejecución, pago y justificación de todas las actuaciones incluidas en el Plan
de Reactivación Económica y Social, Diputación Suma+

DECRETO DE AUTORIZACIÓN DE PRÓRROGA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN, PAGO Y JUSTIFICACIÓN DE TODAS LAS
ACTUACIONES INCLUIDAS EN PLAN DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL, DIPUTACIÓN SUMA+.
En el Palacio Provincial de la Excma. Diputación de Badajoz.
Visto el informe propuesta emitido por la dirección del Área de Fomento, de fecha 24 de mayo de 2021, cuyo tenor literal es
el siguiente:
ANTECEDENTES
PRIMERO.- Por resolución de fecha 23 de julio de 2020 (publicada en el BOP del 24 de julio de 2020) en el marco de la
convocatoria del Plan de Reactivación Económica y Social, Diputación Suma + publicadas en el BOP el 25 de junio de 2020 se
resolvió la convocatoria de concesión de subvenciones de este Plan.
SEGUNDO.- Recibidas solicitudes de ampliación del plazo de ejecución y pago de las actuaciones incluidas en este Plan de la
mayoría de ayuntamientos beneficiarios del Plan, todas ellas basadas en las causas establecidas en la base 10.4.2 de las
normas reguladoras, lo que les imposibilita la ejecución de las actuaciones dentro de los plazos inicialmente previstos en la
convocatoria de subvenciones, en concreto en la base 13: "Las entidades locales, deberán tener ejecutadas y pagadas las
actuaciones sujetas a esta convocatoria, antes del 30 de junio de 2021."
TERCERO.- Dado que se trata de causas no imputables a los ayuntamientos, que no se dañan derechos de terceros, que las
causas de las solicitudes de prórrogas están entre las razones contempladas dentro de la base 10.4.2. "Modificación del
plazo de ejecución y pago", y que las solicitudes de los ayuntamientos se han presentado en plazo conforme a lo establecido
en la misma base.
CUARTO.- Por razones de eficiencia, eficacia y economía éste Área de Fomento informa favorablemente la ampliación del
plazo de ejecución, pago y justificación de todas las actuaciones aprobadas en el marco del Plan de Reactivación Económica
y Social, Diputación SUMA+, y por el Director del Área se propone su aprobación.
Por todo lo anterior, vistas las solicitudes y documentos que constan en el expediente, y en uso de las facultades y
competencias que me son conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
PRIMERO.- Aprobar una prórroga conjunta del plazo de ejecución y pago de todas las actuaciones aprobadas en el marco del
Plan de Reactivación Económica y Social, Diputación SUMA+ hasta el 31 de diciembre de 2021, según se establece en la base
10.4.2.c de su convocatoria, siendo este plazo improrrogable con posterioridad.
SEGUNDO.- Aprobar la ampliación del plazo de justificación de dichas actuaciones en 45 días hábiles a contar desde el 31 de
diciembre de 2021, según se establece en la base 10.4.2.: "el plazo de justificación será de 45 días hábiles contados a partir
del día siguiente a la finalización del plazo de ejecución y pago que se contemple en la resolución de modificación."
TERCERO.- De la presente resolución, se dará cuenta a la Corporación Provincial, en la siguiente sesión plenaria ordinaria, a
efectos de conocimiento, y en cumplimiento a lo determinado en el artículo 64 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, que
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Badajoz, a 26 de mayo de 2021.- El Presidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo Miranda.- Ante mí, el
Secretario General, José M.ª Cumbres Jiménez.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos, indicándole que contra la presente resolución, que pone fin a
la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Sra. Vicepresidenta Segunda y
Diputada-Delegada del Área de RR.HH. y Régimen Interior, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a
aquel en que tenga lugar la notificación de la misma o, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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