Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02403/2021)
Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición libre, siete plazas de Administrativo/a en el Ayuntamiento de Badajoz
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Recursos Humanos

Anuncio 2403/2021

6.3. El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean
corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
6.4. De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se harán constar las calificaciones de los
ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan.
Las Actas, numeradas y rubricadas, constituirán el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el acta se unirá al
expediente las hojas de examen o ejercicios realizados por los opositores.
7. Calificación de los ejercicios.
7.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para pasar al ejercicio siguiente el obtener
un mínimo de 5 puntos. La calificación de todos los ejercicios será expresada con dos decimales.
7.1.1. La calificación del primer ejercicio se realizará de conformidad con la fórmula aciertos – (errores/3),
siendo necesario obtener, como mínimo, una puntuación directa equivalente al 50% de las preguntas válidas
del examen, una vez aplicada la fórmula, para considerar superada la prueba. Las preguntas no contestadas
no tendrán valoración alguna.
7.1.2. El segundo ejercicio será valorado por la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por los
miembros del Tribunal con derecho a voto. En el supuesto que alguna de las puntuaciones otorgadas difiera
en más de dos puntos, por exceso o por defecto, de la media, serán eliminadas estas y se volverá a calcular la
media con las puntuaciones no eliminadas. Para considerar aprobado el ejercicio será necesario obtener una
puntuación de, al menos, 5 puntos.
7.1.3. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que hayan
superado el mismo, con especificación de las puntuaciones obtenidas.
7.2. Puntuación final.
La puntuación final y el orden de aprobados vendrán determinados por la suma de la puntuación obtenida en los dos
ejercicios. En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio. De
persistir el empate, se resolverá según el criterio que adopte el Tribunal, de conformidad con parámetros técnicos objetivos,
relacionados con el desarrollo de las pruebas.
8. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
8.1. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes que hayan superado el
proceso selectivo por orden de puntuación final obtenida, en número no superior al de plazas convocadas, y las hará pública
en la página web municipal.
De acuerdo con esta lista, se elevará al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, además del acta de la última sesión, la
propuesta de nombramiento, como funcionario/a de carrera, a favor del aspirante aprobado.
8.2. En el acta de la última sesión se incluirá una relación de los aspirantes que, habiendo superado los ejercicios de la
oposición, no hayan sido incluidos en la lista de aprobados y propuesta de nombramiento, a los efectos de que, si por
cualquier circunstancia el aspirante aprobado no fuera nombrado funcionario, pudieran serlo, por orden de puntuación, los
aspirantes que hayan superado las pruebas.
8.2.1. Con independencia de lo establecido en el párrafo anterior, los aspirantes que hayan superado los
ejercicios de la convocatoria sin haber obtenido plaza, pasarán a constituir una bolsa de trabajo con el fin de
atender a futuras necesidades de personal temporal o para su nombramiento como funcionarios interinos,
en la categoría de Administrativo funcionario, que pudieran producirse en este Ayuntamiento, dejando sin
efecto las bolsas de trabajo anteriores. Respecto al funcionamiento de las bolsas de trabajo se estará a lo
regulado en el Acuerdo General de Contratación del Personal Temporal.
8.3. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación de la relación de aprobados, los aspirantes propuestos
por el Tribunal presentarán, en el Servicio de Recursos Humanos, los documentos acreditativos de los requisitos expresados
en la base 2.
En particular, aportarán la siguiente documentación:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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