Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talavera la Real. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02410/2021)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento del servicio municipal de pisos tutelados
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Ayuntamiento de Talavera la Real

Anuncio 2410/2021

- El Alcalde-Presidente o Concejal-Delegado, que actuará como Presidente.
- Un miembro por cada Grupo Político con representación en el Ayuntamiento,
designado por el propio Grupo Político, sin necesidad de refrendo plenario.
- Un Trabajador Social del SSB, que participará como personal Técnico.
- Un representante de los usuarios del piso tutelado, que será designado por
estos a través de elección directa, libre y secreta.
Actuará como Secretario un funcionario del Ayuntamiento de Talavera la Real, designado por la
Alcaldía.
El número de representantes de este órgano directivo será siempre impar. En caso de que
como consecuencia de la composición de la Corporación municipal, el número de miembros
designado por los Grupos Políticos municipales haga que el número de miembros de la Junta
Rectora sea par, el Grupo Político municipal que haya obtenido mayor número de votos en las
elecciones municipales, podrá designar de entre sus integrantes, un miembro más en la Junta
Rectora.
La Junta Rectora del piso tutelado quedará constituida en primera convocatoria, a la hora
establecida y cuando se encuentren presentes la mitad más uno de sus miembros, y en
segunda convocatoria, transcurrida media hora desde la convocatoria inicial, en cuyo caso se
entenderá válidamente constituida con cualquiera que sea el número de asistentes.
La convocatoria la realizará el Presidente con una antelación mínima de 24 horas, señalando el
orden del día, lugar y hora de la reunión.
Los acuerdos de la Junta Rectora se adoptarán por mayoría simple, decidiendo en caso de
empate el voto del Presidente.
Se levantará acta de las sesiones, en la que figurarán los asistentes a la reunión, desarrollo del
orden del día y acuerdos tomados.
La comisión se reunirá con carácter ordinario una vez al trimestre, y con carácter
extraordinario, cuantas veces se considere necesario, a petición de al menos, un tercio de los
miembros, debiendo formular estos, la petición por escrito y dirigida al Presidente de la Junta
Rectora, haciendo referencia al tema o temas a tratar.
En el caso de convocatoria con carácter extraordinario, El/a Presidente/a de la Comisión deberá
convocar la misma en la 48 horas siguientes a recibir la petición.

Redacción acordada:

Artículo 14.º.- Los Órganos de gestión y representación son:
(…)

Se suprime todo el apartado 2.º.

Artículo 16.º.-

Redacción anterior:

Artículo 16.º.- Cuando la queja afecte a más de un usuario o a la organización del centro y la
resolución de la misma requiera cierta complejidad, será convocada la Junta Rectora, que
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