Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Zarza. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02374/2021)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos extraordinario número 2/2021
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Ayuntamiento de La Zarza

Anuncio 2374/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Zarza
La Zarza (Badajoz)
Anuncio 2374/2021
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos extraordinario número 2/2021

APROBACIÓN DEFINITIVA
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de 30 de marzo de 2021, por el que se aprueba definitivamente el expediente de
modificación de créditos n.º 2/2021 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con
cargo al remanente líquido de tesorería.
Aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, lo
que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ESTADO DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Modificaciones de crédito (€)

Progr. Económica
1532

60901

Rehabilitación el molino

254.214.71

1532

60904

Pavimentación de las calles

100.000.00

459

619

1532

60905

Plaza La Fuente

298.000,00

133

62100

Parking compra de terrenos

162.000.00

1532

60906

Iluminación fútbol

30.000,00

929

22706

Proyectos técnicos

25.000.00

312

221

Gas y energía eléctrica residencia

32.000,00

459

619

Sustitución alumbrado publico

70.000,00

Señales de trafico e instalación

14.000.00

Total:

985.214,71

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:
ESTADO DE INGRESOS

Aplicación: Económica
87000

Descripción

Euros

Aplicación para crédito extraordinario remanente de tesorería

985.214,71

Total ingresos: 985.214,71
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,
Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que
deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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