Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02372/2021)
Extracto de las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas directas destinadas a reducir el impacto de la actividad económica y el empleo a empresas y autónomos del sector turístico y de eventos como consecuencia de la COVID-19
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Ayuntamiento de Almendralejo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendralejo
Almendralejo (Badajoz)
Anuncio 2372/2021
Extracto de las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas directas destinadas a reducir el impacto de la
actividad económica y el empleo a empresas y autónomos del sector turístico y de eventos como consecuencia de la
COVID-19

AYUDAS DIRECTAS A EMPRESAS SECTOR TURÍSTICO Y DE EVENTOS CONSECUENCIA DEL IMPACTO DEL COVID-19
BDNS (identif.): 564208
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/564208).
1. Objeto y finalidad: Concesión directa de ayudas a fondo perdido para paliar las consecuencias económicas derivadas de la
COVID-19, agravadas por la falta de movilidad entre territorios, en los autónomos y empresas de los sectores del turismo y
de eventos de Almendralejo.
2. Recursos económicos: La cantidad máxima a distribuir será de cuarenta mil (40.000,00) euros.
3. Normativa aplicable: La concesión de estas ayudas se regirá por las presentes bases reguladoras. En todo lo no previsto
en las presentes bases se estará en los dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su
Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la Ordenanza general de subvenciones del
Ayuntamiento de Almendralejo.
4. Órgano competente: Junta de Gobierno Local.
5. Beneficiarios y requisitos: Empresas y autónomos, cualquiera que sea su forma jurídica, que pertenezcan a los sectores
descritos a continuación:
1.- Establecimientos de alojamiento turístico.
2.- Empresas turísticas de mediación.
3.- Empresas de transporte turístico.
4.- Empresas de turismo activo y recreativo.
5.- Empresas profesionales organizadoras de congresos, eventos y empresas de alquiler para eventos.
6.- Guías de turismo.
A efectos de las presentes bases reguladoras serán requisitos para los beneficiarios:
- Que la empresa tenga dirección fiscal en Almendralejo.
- Que se encuentre en alta en el régimen de la Seguridad Social o la mutua profesional correspondiente.
- Que se encuentre dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en una de los epígrafes
pertenecientes a los beneficiarios descritos anteriormente por la que se solicita la ayuda en el momento de
presentación de la solicitud. Estando su actividad encuadrada en alguna de las previstas en la Clasificación
Nacional de Actividades Económicas (CNAE). En caso de alta en el municipio en dos o más epígrafes del IAE
solo se considerará una de ellas, no pudiendo obtener un mismo beneficiario ayudas por el desarrollo de dos
actividades diferentes.
- Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal
(AEAT), con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y con el Ayuntamiento de Almendralejo.
- Que no se encuentre incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2, 13.3 y 34.5 de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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