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Bases reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Ribera del Fresno para el año 2021
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

Anuncio 2357/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Ribera del Fresno (Badajoz)
Anuncio 2357/2021
Bases reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Ribera del Fresno para el año 2021

Se hace público para general conocimiento, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, general de subvenciones que, por resolución de Alcaldía de fecha 18 de mayo de 2021, se han
aprobado las bases específicas con convocatoria reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del
Ayuntamiento de Ribera del Fresno para el año 2021, con el contenido que a continuación se reproduce.
Asimismo, las mismas se encuentran a disposición de los interesados en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de
este Ayuntamiento.
BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES DEL AYUNTAMIENTO DE RIBERA DEL FRESNO
PARA EL AÑO 2021
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura (LGAMEX, en lo
sucesivo) tiene entre sus finalidades la transformación en incondicionales de las actuales transferencias
condicionadas aportadas por la Comunidad Autónoma, dotando de autonomía local en la vertiente del gasto
para el efectivo desempeño de las competencias municipales propias conforme a los intereses locales. Por
ello, se articula una nueva forma de colaboración económica de la Comunidad Autónoma con las entidades
locales, basada en los principios de confianza legítima, buena fe, lealtad institucional, eficacia, racionalización
y agilidad procedimental así como los de cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones
Públicas, a través de la configuración de los programas de colaboración económica municipal, que trata de
librar a favor de las entidades locales los fondos que coadyuven para el eficaz ejercicio de sus competencias.
Dichos programas recaen sobre ámbitos competenciales compartidos entre la Comunidad Autónoma
Extremadura y las entidades locales y al respecto de la presente se aprueba el Decreto 11/2021, de 17
marzo, por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del programa
colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales (DOE número 55, de 23 de marzo
2021).

de
de
de
de

El régimen jurídico y presupuestario del programa de colaboración económica municipal para los suministros
mínimos vitales, ha sido establecido por los artículos 51, 52 y 53 de la Ley de presupuestos generales de la
Comunidad Autónoma Extremadura para el ejercicio 2021, disponiendo los Ayuntamientos de competencias
ejecutivas y de gestión del mismo.
El título V de la Ley 7/2016, de 21 de julio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social, regula un
conjunto de medidas bajo el enunciado genérico de "mínimos vitales", y en su artículo 14 prevé el marco
normativo general aplicable a la "garantía de suministros mínimos vitales".
Esta habilitación dio pie a la aprobación del Decreto 202/2016, de 14 de diciembre, por el que se establecen
las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Junta de Extremadura a los municipios de la
región para la financiación de las ayudas para suministros mínimos vitales, que fue modificado por el Decreto
12/2018, de 30 de enero.
La competencia municipal en esta materia se asume, en primer lugar, como consecuencia de las previsiones
genéricas recogidas en el artículo 14 de la Ley 7/2016, de 21 de julio, citada y, que enlaza con las
competencias propias reconocidas a los municipios en el artículo 15.1d) 1.ª de la LGAMEX en lo que afecta a la
gestión de las políticas de inclusión social, aunque también a las facultades de programación y planificación.
Este programa de colaboración económica municipal tiene como objetivo garantizar los suministros mínimos
vitales de la vivienda habitual a las personas residentes en las entidades locales extremeñas que cumplan los
requisitos previstos en el Decreto 11/2021, de 17 de marzo.
La tramitación de las ayudas se hará con arreglo al procedimiento que determine cada entidad local,
resultando, por tanto, necesaria la aprobación de las presentes bases reguladoras de las ayudas para
suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Ribera del Fresno para el año 2021.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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