Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Olivenza. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (02337/2021)
Modificación del puesto 56 de la relación de puestos de trabajo
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Ayuntamiento de Olivenza

Anuncio 2337/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Olivenza
Olivenza (Badajoz)
Anuncio 2337/2021
Modificación del puesto 56 de la relación de puestos de trabajo

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 10 de Mayo de 2021, acordó modificar la Relación de Puestos de
Trabajo del Ayuntamiento de Olivenza aprobada con carácter definitiva por el pleno de la corporación con fecha 14 de
octubre de 2020 y publicada íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia con fecha 4 de noviembre de 2020,
modificando las características del puesto 56 de acuerdo con el siguiente desglose en el que se destacan, en letra cursiva y
subrayado lo nuevo a incorporar:

Ficha de puesto de trabajo
Denominación del puesto
Oficial/a fontanero

Código
0056

Tipo empleado público:
Laboral

Tipo de puesto:
no singularizado

Forma de acceso:
concurso–oposición

Grupo/Subgrupo:
Grupo IV

Administración:
Administración Local

N.º Titulares:
1

Subordinados:
Ninguno

Escala/Subescala:

Ubicación en organigrama:
Servicios Generales
Horario:
De 07:45 a 15:15, de lunes a viernes y
guardia localizable 365 días al año.

Dependencia jerárquica:
Coordinador/a de Servicios Generales
Jornada:
Jornada ordinaria más guardia
localizable 365 días al año

Requisitos del puesto:
Título de Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, F.P.I o
equivalente

Dedicación/Incompatibilidad:
Dedicación exclusiva o incompatibilidad total para
C2

Nivel C.Destino:
16
C.Específico:
5.703, 32

Otros méritos: Conocimientos generales de fontanería y habilitación para obtención del
carnet de instalador fontanero autorizado.

Tareas más significativas del puesto:
- Realización y seguimiento de operaciones y tareas propias de su categoría y área, según los procedimientos establecidos y las indicaciones de su superior para realizar
las competencias y tareas del área.
- Tratamiento y mantenimiento de las Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales del municipio y pedanías.
- Limpieza de rejillas, tamices, tornillos, compactadores y decantadores.
- Supervisar niveles y caudales.
- Controlar el buen funcionamiento de toda la maquinaria.
- Recogida de muestras de agua para su análisis.
- Control del nivel de bacterias.
- Limpieza de sondas.
- Limpieza y mantenimiento de niveles y filtros de compresores y soplantes.
- Recogida de residuos, arenas y grasas
- Todo tipo de montaje y arreglos de fontanería en edificios públicos.
- Desatasco de tuberías.
- Reparación y mantenimiento de instalaciones de abastecimiento, saneamiento y calefacción. Limpieza y tratamiento de las piscinas municipales.
- Limpieza y mantenimiento de las fuentes.
- Arreglo de tuberías y electroválvulas de jardines y campos de fútbol.- Otras labores similares y que le sean requeridas.
- Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo.
- Formarse en aquellas materias relacionadas con sus competencias para desempeñar su puesto de trabajo con mayor eficacia.
- Velar por la seguridad y salud en su puesto de trabajo, utilizando adecuadamente maquinaria y herramientas relacionadas con su actividad, así como los medios y
equipos de protección puestos a su disposición, de acuerdo con los procedimientos establecidos y la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.
- Realizar aquellas funciones de corte análogo o similar categoría relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para contribuir al buen
funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación.
- Realizar cuantas funciones se requieran y estén relacionadas con el desempeño de su puesto de trabajo, de acuerdo a la normativa, reglamentos u ordenanzas, e
instrucciones recibidas de su superior inmediato para que la corporación pueda prestar eficaz y eficientemente los servicios públicos que le competen.
- Cualesquiera otras funciones, tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de trabajo que
desempeñen siempre que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando las necesidades del
servicio lo justifiquen sin merma en las retribuciones, de conformidad con el artículo 39.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
A la vista de las funciones y características de la prestación de servicios, se procede a la valoración del puesto de trabajo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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