Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (02304/2021)
Aprobación definitiva de la segunda modificación del pliego de condiciones económico-administrativas para la adjudicación de parcelas de la finca "El Prado" y huertos en Yelbes
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Ayuntamiento de Medellín

Anuncio 2304/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Medellín
Medellín (Badajoz)
Anuncio 2304/2021
Aprobación definitiva de la segunda modificación del pliego de condiciones económico-administrativas para la adjudicación
de parcelas de la finca "El Prado" y huertos en Yelbes

Transcurrido el periodo de exposición publica de la aprobación de modificación de pliego de condiciones económicoadministrativas para adjudicación de parcelas de la finca "El Prado" y huertos en Yelbes publicado anuncio en el BOP
número 64.
Anuncio 1512/2021de fecha 8 de abril de 2021, durante cuyo periodo de exposición no se han formulado reclamaciones o
sugerencias, queda elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de fecha 25 de marzo de 2021 en
los términos que a continuación se transcriben, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE REGIRÁ LA ADJUDICACIÓN DE PARCELAS EN "EL PRADO"
Primera.- Objeto.
Las adjudicaciones serán por plazo de 6 años de una parcela de aproximadamente de 2-00-00 hectáreas mediante acuerdo
del Pleno de este Ayuntamiento y previa solicitud presentada por los interesados el periodo de contratación de las segundas
parcelas será para dos años.
Segunda.- Precio de la adjudicación.
Se establece el precio de 500,00 euros por hectárea incrementado anualmente en la cuantía del IPC.
Tercera.- Requisitos para poder ser adjudicatario.
A) Ser cabeza de familia con cargas familiares, o situaciones asimiladas (solo podrá presentar solicitud uno de los cónyuges)
que cumpla las siguientes condiciones:
Ser vecino y residente en Medellín con un año de antelación a la fecha de la solicitud.
Estar en condiciones de poder presentar el PAC.
B) Los solteros que ostenten la condición de joven agricultor, habiendo realizado el curso de incorporación a la empresa
agraria, y que acrediten ser agricultor a titulo principal que cumpla las siguientes condiciones:
Ser vecino y residente en Medellín con un año de antelación a la fecha de la solicitud.
Estar en condiciones de poder presentar el PAC.
* En este caso, también podrán acceder al sorteo de segundas parcelas.
C) Los solteros agricultores a título principal que cumplan las siguientes condiciones:
Ser vecino y residente en Medellín con un año de antelación a la fecha de la solicitud.
Estar en condiciones de poder presentar el PAC.
* En todo caso el título principal se entiende como el agricultor profesional que obtenga al menos el 50% de sus renta total
de la actividad agraria ejercida en su explotación y cuyo tiempo de trabajo dedicado a actividades no relacionadas con la
explotación sea inferior a la mitad de su tiempo total.
* En todo caso no podrán solicitar ni ser adjudicatarios de parcelas quienes en los 5 años anteriores a la fecha de la solicitud
hubieran renunciado a la parcela que se le hubiera adjudicado.
Cuarta.- Obligaciones del adjudicatario.
Una vez adjudicada la parcela a un vecino este se obliga:
A) Cultivar directamente la parcela y prohibiéndosele expresamente el subarriendo de la misma.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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