Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Gestión Tributaria y Recaudación (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02313/2021)
Anuncio de cobranza de los padrones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana, rústica y de características especiales, tasa de vados y tasa de cajeros automáticos del ejercicio 2021
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Gestión Tributaria y Recaudación

Anuncio 2313/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Gestión Tributaria y Recaudación
Badajoz
Anuncio 2313/2021
Anuncio de cobranza de los padrones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana, rústica y de
características especiales, tasa de vados y tasa de cajeros automáticos del ejercicio 2021

Anuncio de cobranza de los padrones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana, rústica y de
características especiales, de la tasa por entrada y salida de vehículos a través de las aceras en garajes y cocheras (vados) y
de la Tasa por aprovechamiento de terrenos de dominio público por utilización de cajeros automáticos con acceso desde la
vía pública del ejercicio 2021 para el municipio de Badajoz.
Se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que el cobro de los recibos en período voluntario del
ejercicio 2021 en el municipio de Badajoz, se iniciará el día 14 de junio de 2021 y finalizará el 3 de diciembre de 2021, ambos
inclusive, para los impuestos y tasas que a continuación se relacionan:
Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana, rústica y de características especiales (BICE).
Tasa por entrada y salida de vehículos a través de las aceras en garajes y cocheras (vados)
Igualmente, se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que el cobro de los recibos en período
voluntario del ejercicio 2021 por concepto Tasa por aprovechamiento de terrenos de dominio público por utilización de
cajeros automáticos con acceso desde la vía pública en el municipio de Badajoz se iniciará el día 14 de junio de 2021 y
finalizará el 13 de agosto de 2021, ambos inclusive.
De acuerdo con el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de
recaudación, publicado en el BOE del día 2 de septiembre, los contribuyentes podrán efectuar sus pagos, sin recargo,
durante el período voluntario de cobro en cualquiera de las entidades de depósito que tienen acuerdo de prestación de
servicio con este Ayuntamiento, tal y como establece el artículo 23 del actual Reglamento General de Recaudación.
- Las entidades de depósito son las siguientes:
Banca Pueyo,
Banco Bilbao-Vizcaya Argentaria,
Abanca, Banco Santander,
Banco Sabadell Atlántico,
Ibercaja (Caja Badajoz-Caja3),
Liberbank,
Bankia,
Cajalmendralejo,
Caja Rural de Extremadura,
Caixabank (La Caixa),
NovaCaixaGalicia y
Unicaja Banco.
El pago se realizará presentando en cualquiera de las entidades de depósito anteriormente citadas el ejemplar de aviso de
pago que reciba el contribuyente en su domicilio, que una vez sellado por la entidad de depósito tendrá pleno valor
liberatorio para el contribuyente. También podrá realizarse el pago con tarjeta bancaria a través de la web del Ayuntamiento
de Badajoz (www.aytobadajoz.es)
En caso de no recepcionar el aviso de pago, el contribuyente deberá personarse en las Oficinas del Servicio de Recaudación
y Gestión Tributaria, sita en calle San Juan Bautista núm. 1, a fin de que se le emita el aviso de pago, comprobar las causas
de su no recepción y modificar dichas causas siempre y cuando el deudor figure inscrito en las listas cobratorias.
Finalizado el plazo señalado, los recibos que no hayan sido liquidados, serán exigidos por el procedimiento de apremio de
acuerdo con lo previsto en el artículo 167.2 de la Ley 58/2003 General Tributaria, siendo el recargo del 5% hasta que haya
sido notificada la providencia de apremio. Después de esta fecha el recargo será del 10 % sobre el importe de la deuda y con
posterioridad al plazo concedido en la providencia de apremio se exigirá el 20% sobre el importe de dicha deuda más los
intereses de demora correspondientes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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