Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Concertación y Participación Territorial (Badajoz). (02108/2021)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización de actividades dirigidas a apoyar a los sectores afectados por el COVID-19 durante 2021
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Delegación de Concertación y Participación Territorial
Anuncio 2108/2021
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y BDNS, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación de Badajoz, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento, dando fe de
todo ello como Secretario General.
En Badajoz, 6 de mayo de 2021.- El Presidente, P.D., el Diputado Delegado de Concertación y Participación Territorial, P.D.
(Decreto 05/07/2019, BOP 08/07/2019), Abel González Ramiro.- Conforme: El Diputado Delegado del Área de Contratación y
Fondos Europeos, P.D. (Decreto 05/07/2019, BOP 08/07/2019), Andrés Hernáiz de Sixte.- Ante mí: El Secretario General, José
M.ª Cumbres Jiménez.
___________
BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORAS DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS
A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ PARA LA REALIZACIÓN DE PLANES,
PROYECTOS O ACTIVIDADES DIRIGIDAS A APOYAR A LOS SECTORES ECONÓMICOS MÁS AFECTADOS POR EL COVID-19 2021
En concordancia con el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación de Badajoz (PES) y de conformidad con la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, así
como la Ordenanza general de subvenciones de esta entidad, la Delegación de Concertación y Participación Territorial, ha
establecido una línea de ayudas dirigidas a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz, para la
realización de actuaciones de apoyo de los sectores económicos más afectados por la actual situación crisis sanitaria.
Esta acción de fomento se enmarca dentro de las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las Diputaciones y en concreto a lo que dispone el apartado d) en
relación a "la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de
acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Dada la necesidad de adoptar medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a las circunstancias extraordinarias que
concurren como consecuencia de la crisis generada por el COVID-19, esta línea de subvenciones tiene como principal
objetivo contribuir, a través de las EE.LL. de la provincia de Badajoz, a promover la reactivación y recuperación económica de
los sectores especialmente afectados por la situación de crisis sanitaria, económica y social y al mismo tiempo paliar
situaciones de emergencia social provocadas por la pérdida de empleos en los municipios de la provincia.
BASE 1. OBJETO.
El objeto de estas bases es establecer las normas específicas en el marco de la Ordenanza general de subvenciones de esta
Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de los
municipios con población inferior a 20.000 habitantes y entidades locales menores de la provincia de Badajoz, cuya finalidad
sea la realización de planes, proyectos o actuaciones municipales dirigidas a apoyar a los sectores económicos más
afectados por el COVID-19.
BASE 2. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria asciende a 400.000,00 euros (cuatro
cientos mil euros), e irá imputada a los créditos presupuestarios consignados en la aplicación presupuestaria 250 94292
46203 "Planes locales de concertación y participación" de los presupuestos generales de Diputación de Badajoz para el año
2021.
Con carácter simultáneo y condicionado a la aprobación de las presentes bases con convocatoria se aprueba el gasto en los
términos previstos en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
BASE 3. REQUISITOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz, que
cumplan con los siguientes requisitos:
a. Tener menos de 20.000 habitantes. Para la determinación de la población se tomarán como referencia los
datos actualizados del Padrón Municipal de Habitantes publicados por el Instituto Nacional de Estadística
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y BDNS, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación de Badajoz, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento, dando fe de
todo ello como Secretario General.
En Badajoz, 6 de mayo de 2021.- El Presidente, P.D., el Diputado Delegado de Concertación y Participación Territorial, P.D.
(Decreto 05/07/2019, BOP 08/07/2019), Abel González Ramiro.- Conforme: El Diputado Delegado del Área de Contratación y
Fondos Europeos, P.D. (Decreto 05/07/2019, BOP 08/07/2019), Andrés Hernáiz de Sixte.- Ante mí: El Secretario General, José
M.ª Cumbres Jiménez.
___________
BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORAS DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS
A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ PARA LA REALIZACIÓN DE PLANES,
PROYECTOS O ACTIVIDADES DIRIGIDAS A APOYAR A LOS SECTORES ECONÓMICOS MÁS AFECTADOS POR EL COVID-19 2021
En concordancia con el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación de Badajoz (PES) y de conformidad con la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, así
como la Ordenanza general de subvenciones de esta entidad, la Delegación de Concertación y Participación Territorial, ha
establecido una línea de ayudas dirigidas a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz, para la
realización de actuaciones de apoyo de los sectores económicos más afectados por la actual situación crisis sanitaria.
Esta acción de fomento se enmarca dentro de las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las Diputaciones y en concreto a lo que dispone el apartado d) en
relación a "la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de
acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Dada la necesidad de adoptar medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a las circunstancias extraordinarias que
concurren como consecuencia de la crisis generada por el COVID-19, esta línea de subvenciones tiene como principal
objetivo contribuir, a través de las EE.LL. de la provincia de Badajoz, a promover la reactivación y recuperación económica de
los sectores especialmente afectados por la situación de crisis sanitaria, económica y social y al mismo tiempo paliar
situaciones de emergencia social provocadas por la pérdida de empleos en los municipios de la provincia.
BASE 1. OBJETO.
El objeto de estas bases es establecer las normas específicas en el marco de la Ordenanza general de subvenciones de esta
Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de los
municipios con población inferior a 20.000 habitantes y entidades locales menores de la provincia de Badajoz, cuya finalidad
sea la realización de planes, proyectos o actuaciones municipales dirigidas a apoyar a los sectores económicos más
afectados por el COVID-19.
BASE 2. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria asciende a 400.000,00 euros (cuatro
cientos mil euros), e irá imputada a los créditos presupuestarios consignados en la aplicación presupuestaria 250 94292
46203 "Planes locales de concertación y participación" de los presupuestos generales de Diputación de Badajoz para el año
2021.
Con carácter simultáneo y condicionado a la aprobación de las presentes bases con convocatoria se aprueba el gasto en los
términos previstos en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
BASE 3. REQUISITOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz, que
cumplan con los siguientes requisitos:
a. Tener menos de 20.000 habitantes. Para la determinación de la población se tomarán como referencia los
datos actualizados del Padrón Municipal de Habitantes publicados por el Instituto Nacional de Estadística
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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