Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Delegación de Concertación y Participación Territorial (Badajoz). (02119/2021)
Bases y convocatoria de selección para constituir una lista de espera para la contratación de Técnicos Medios de Orientación Profesional del Programa Integra Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2119/2021

1.º.- Calificación definitiva: A la calificación de la fase de oposición se sumará el resultado de la fase de concurso,
determinándose, así, el orden de calificación definitiva. Para entrar en bolsa será necesario haber superado al menos el
primer ejercicio.
En caso de empate se resolverá a favor de la persona aspirante que mayor puntuación haya obtenido en la fase de
oposición; si se mantiene el empate se optará, de entre estas, por la que mayor puntuación haya obtenido en el segundo
ejercicio, de seguir persistiendo se atenderá al orden del sorteo de la Junta de Extremadura de aplicación general a todas las
listas de espera para la contratación de la Comunidad Autónoma y que se hace pública en el DOE.
2.º.- Constitución de la lista de espera: Recibida la propuesta del Tribunal Calificador, por resolución de la AlcaldíaPresidencia se constituirá la lista de espera.
La lista de espera tendrán una vigencia máxima de tres años, contados a partir de la fecha de su constitución, salvo que, con
anterioridad a dicha fecha, se prorrogue, por resolución de la Alcaldía, por el tiempo estrictamente necesario y que será
determinado en la Resolución. En todo caso, la lista de espera será sustituida por una posterior que derive de la siguiente
convocatoria de pruebas selectivas.
Constituida la lista de espera, en ella permanecerán las personas aspirantes, en situación de espera, hasta su contratación
por riguroso orden de prelación, sin que ello suponga derecho efectivo a la contratación. La permanencia en la lista de
espera no generará derechos de ninguna índole, pudiendo quedar sin efectos en caso de que desaparezcan las razones de
necesidad que las motivaron.
3.º.- Situaciones de los aspirantes en la lista. Conforme al Reglamento Regulador de las Listas de Espera, las personas que se
encuentren inscritas en las listas se podrán encontrar en alguna de las siguientes situaciones: Disponible, suspensión,
exclusión e ilocalizable, con las connotaciones reguladas en ese Reglamento.
4.º.- Orden de prelación. Se realizarán los llamamientos atendiendo al orden de prelación de la lista, teniendo en cuenta lo
siguiente:
Las personas serán llamadas para acceder a las contrataciones en cualquiera de sus modalidades o
nombramientos por riguroso orden, siempre que se encuentre en situación de "disponible" en la fecha
prevista para el inicio del contrato o nombramientos ofertados y reúnan el resto de requisitos, sin perjuicio de
lo establecido para la mejora de empleo.
En el supuesto de que los nombramientos interinos o las contrataciones laborales temporales sean por
tiempo inferior a seis meses, la persona aspirante se reincorporará a la lista en el lugar que ocupaba antes del
llamamiento. Si dicho nombramiento o contratación es igual o superior a seis meses volverá a formar parte
de la lista si bien al final de la misma, no volviéndose a llamar hasta que no pasen los siguientes de la lista y
las que le preceden.
5.º.- Mejoras de empleo. Tendrán la consideración de "mejora de empleo" las siguientes ofertas: La cobertura de plaza
vacantes, las contrataciones por obra o servicio para la ejecución de proyectos con autonomía propia que tengan duración
igual o superior a un año o la cobertura de puesto con duración prevista igual o superior a un año siempre que tal
circunstancia se informe suficientemente.
La mejora de empleo se ofertará a las personas integrantes de la correspondiente lista, por su orden, que estén tanto en
situación de "disponible" u "ocupada", pero que no estén ocupando ningún puesto de los señalados como de mejora de
empleo y siempre que no hayan superado el periodo máximo de contratación de seis meses.
6.º.- Oferta de contrato de trabajo a tiempo parcial. Cuando sea necesaria la cobertura de un puesto de trabajo a tiempo
parcial podrá rechazarse la oferta sin necesidad de justificación de dicho rechazo, manteniendo su posición en la lista. No
obstante, si realizados los llamamientos a los integrantes de la referida lista, ninguno hubiera aceptado esta propuesta de
cobertura, se volverá a ofertar la cobertura a tiempo parcial, inicialmente ofrecida, con los mismos requisitos y condiciones
que en las coberturas de puestos de trabajo a tiempo completo.
7.º.- Llamamientos a los aspirantes se realizarán conforme al Reglamento Regulador de las Listas de Espera para la
contratación. Las renuncias tendrán las consecuencias previstas por ese Reglamento.
8.º.- Para lo no previsto en esta base se estará a lo dispuesto por Reglamento Regulador de las Listas de Espera para la
contratación (anexo III del vigente acuerdo regulador de las condiciones de trabajo).
Undécima.- Presentación de documentos y contratación.
1.º.- Presentación de documentos: La persona propuesta para su contratación estará obligado a presentar, dentro del plazo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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