Administración de Justicia. Juzgados. Juzgados de lo Social. Juzgado de lo Social Número 2 (Badajoz). (02026/2021)
Notificación ejecución de títulos judiciales 69/2021
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Juzgado de lo Social Número 2
Anuncio 2026/2021
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADOS
Juzgados de lo Social
Juzgado de lo Social Número 2
Badajoz
Anuncio 2026/2021
Notificación ejecución de títulos judiciales 69/2021
NIG: 06015 44 4 2019 0003584.
ETJ Ejecución de títulos judiciales 0000069/2021.
Procedimiento origen: PO Procedimiento ordinario 0000875/2019.
Sobre ordinario.
Demandante: Don Ricardo Corchero Gil.
Abogado: Don Faustino Sánchez Lázaro.
Demandados: FOGASA, Antonio Jesús Suárez Galea.
Abogado: Letrado de FOGASA.
Don Fernando Barrantes Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Dos de
Badajoz.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 0000069/2021, de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de don Ricardo Corchero Gil contra la empresa Antonio Jesús Suárez Galea sobre ordinario, se ha dictado la
siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
"DECRETO
El/la Letrado de la Administración de Justicia, don José María Hidalgo Esperilla.
En Badajoz, a trece de abril de dos mil veintiuno.
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de Ricardo Corchero Gil frente a
Antonio Jesús Suárez Galea, por la cantidad global de 9.148,30 euros.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que contiene la orden general de ejecución, el/la Letrado de
la Administración de Justicia responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas
concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los
bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de
pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes
conforme al artículo 237 LJS.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
- Requerir a Antonio Jesús Suárez Galea, a fin de que, manifieste relacionadamente bienes y derechos
suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así
como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de
que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que
no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios
susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán
imponérsele también multas coercitivas periódicas.
- Librar órdenes de embargo automático de efectivo resultante de saldos bancarios y devoluciones tributarias
a favor de la ejecutada.
- Consultar las aplicaciones informáticas del órgano judicial para la averiguación de bienes de la ejecutada.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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NIG: 06015 44 4 2019 0003584.
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Procedimiento origen: PO Procedimiento ordinario 0000875/2019.
Sobre ordinario.
Demandante: Don Ricardo Corchero Gil.
Abogado: Don Faustino Sánchez Lázaro.
Demandados: FOGASA, Antonio Jesús Suárez Galea.
Abogado: Letrado de FOGASA.
Don Fernando Barrantes Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Dos de
Badajoz.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 0000069/2021, de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de don Ricardo Corchero Gil contra la empresa Antonio Jesús Suárez Galea sobre ordinario, se ha dictado la
siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
"DECRETO
El/la Letrado de la Administración de Justicia, don José María Hidalgo Esperilla.
En Badajoz, a trece de abril de dos mil veintiuno.
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de Ricardo Corchero Gil frente a
Antonio Jesús Suárez Galea, por la cantidad global de 9.148,30 euros.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que contiene la orden general de ejecución, el/la Letrado de
la Administración de Justicia responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas
concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los
bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de
pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes
conforme al artículo 237 LJS.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
- Requerir a Antonio Jesús Suárez Galea, a fin de que, manifieste relacionadamente bienes y derechos
suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así
como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de
que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que
no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios
susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán
imponérsele también multas coercitivas periódicas.
- Librar órdenes de embargo automático de efectivo resultante de saldos bancarios y devoluciones tributarias
a favor de la ejecutada.
- Consultar las aplicaciones informáticas del órgano judicial para la averiguación de bienes de la ejecutada.
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