Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremayor. Delegación de Hacienda (Mérida). (01949/2021)
Extracto de la convocatoria de la concesión de ayudas para garantizar el acceso a los servicios de suministros mínimos vitales en el municipio de Torremayor para el año 2021
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Ayuntamiento de Torremayor
Anuncio 1949/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Torremayor
Torremayor (Badajoz)
Anuncio 1949/2021
Extracto de la convocatoria de la concesión de ayudas para garantizar el acceso a los servicios de suministros mínimos
vitales en el municipio de Torremayor para el año 2021
CONVOCATORIA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA GARANTIZAR EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE SUMINISTROS MÍNIMOS
VITALES EN EL MUNICIPIO DE TORREMAYOR PARA EL AÑO 2021.
BDNS (Identif.): 560.301
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/560301)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas para suministros mínimos vitales las personas incluidas en el apartado
quinto de decreto 11/2021, de 17 de marzo, por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución
presupuestaria del Programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria regula la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva y de adjudicación
directa, hasta que se agote el crédito presupuestario de la aplicación económica, las subvenciones
correspondientes al ejercicio económico para el año 2021, destinadas a garantizar el acceso a los suministros
mínimos vitales, todo conforme a los criterios previstos en el Decreto 11/2021, de 17 de marzo, por el que se
establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del Programa de colaboración económica
municipal para suministros mínimos vitales.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en el Decreto 11/2021, de 17
de marzo, por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del Programa de
colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales
Cuarto. Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención para el ejercicio 2021 son los siguientes:
- 231/48000. Asistencia social primaria - A familias e instituciones sin fines de lucro. 2.782,33 €
- El importe máximo anual de las ayudas es el establecido en el artículo 7, decreto 11/2021, de 17 de marzo,
por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del Programa de colaboración
económica municipal para suministros mínimos vitales.
- El crédito máximo que se destinará a la financiación de la presente convocatoria durante el ejercicio 2021
será 2.782,33 euros.
- El procedimiento de concesión de estas subvenciones se realizará en régimen de concurrencia no
competitiva y de adjudicación directa.
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, los créditos
podrán incrementarse sin necesidad de nueva convocatoria, siempre que se hubieran generado créditos tras
recibir una subvención con la misma finalidad.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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vitales en el municipio de Torremayor para el año 2021
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VITALES EN EL MUNICIPIO DE TORREMAYOR PARA EL AÑO 2021.
BDNS (Identif.): 560.301
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
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Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas para suministros mínimos vitales las personas incluidas en el apartado
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presupuestaria del Programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria regula la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva y de adjudicación
directa, hasta que se agote el crédito presupuestario de la aplicación económica, las subvenciones
correspondientes al ejercicio económico para el año 2021, destinadas a garantizar el acceso a los suministros
mínimos vitales, todo conforme a los criterios previstos en el Decreto 11/2021, de 17 de marzo, por el que se
establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del Programa de colaboración económica
municipal para suministros mínimos vitales.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en el Decreto 11/2021, de 17
de marzo, por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del Programa de
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Cuarto. Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención para el ejercicio 2021 son los siguientes:
- 231/48000. Asistencia social primaria - A familias e instituciones sin fines de lucro. 2.782,33 €
- El importe máximo anual de las ayudas es el establecido en el artículo 7, decreto 11/2021, de 17 de marzo,
por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del Programa de colaboración
económica municipal para suministros mínimos vitales.
- El crédito máximo que se destinará a la financiación de la presente convocatoria durante el ejercicio 2021
será 2.782,33 euros.
- El procedimiento de concesión de estas subvenciones se realizará en régimen de concurrencia no
competitiva y de adjudicación directa.
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, los créditos
podrán incrementarse sin necesidad de nueva convocatoria, siempre que se hubieran generado créditos tras
recibir una subvención con la misma finalidad.
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