Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Corte de Peleas. (01964/2021)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Corte de Peleas para el año 2021
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Ayuntamiento de Corte de Peleas

Anuncio 1964/2021

LÍMITE DE INGRESOS 2021
IPREM 2021 (14 PAGAS): 7.908,60 EUROS
IPREM MENSUAL 2021 (14 PAGAS): 659,05 EUROS

N.º de miembros

% IPREM

Límite ingresos (€)

1

100%

659,05

2

108%

711,77

3

116%

764,50

4

124%

817,22

5

132%

869,95

6

140%

922,67

7

148%

975,39

8

156%

1.028,12

9

164%

1.080,84

10

172%

1.133,57

11

180%

1.186,29

12

188%

1.239,01

LÍMITE SI ALGÚN MIEMBRO TIENE 65% O MÁS DE DISCAPACIDAD O DEPENDENCIA

N.º de miembros

% IPREM

Límite ingresos (€)

1

110%

724,96

2

120%

790,86

3

130%

856,77

4

140%

922,67

5

150%

988,58

6

160%

1.054,48

7

170%

1.120,39

8

180%

1.186,29

9

190%

1.252,20

10

200%

1.318,10

11

210%

1.384,01

12

220%

1.449,91

Los requisitos establecidos en los párrafos a) y b) del apartado anterior solo serán exigibles a la persona miembro de la
unidad de convivencia solicitante de la ayuda.
2. Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la unidad de
convivencia:
1. La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal,
establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
2. La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y que esté
afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65% de discapacidad.
3. Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las administraciones públicas.
4. Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se
obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
3. No podrá concederse esta ayuda a quienes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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