Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monesterio. Delegación de Hacienda (Mérida). (01948/2021)
Aprobación inicial de derogación, modificación e imposición de varias ordenanzas
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Ayuntamiento de Monesterio
Anuncio 1948/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Monesterio
Monesterio (Badajoz)
Anuncio 1948/2021
Aprobación inicial de derogación, modificación e imposición de varias ordenanzas
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de abril de 2021, aprobó inicialmente la derogación,
modificación e imposición de las siguientes ordenanzas:
- Derogación de la Ordenanza no fiscal reguladora de la creación y reserva de espacio para el estacionamiento
de vehículos de personas de movilidad reducida y expedición de tarjetas de aparcamiento (BOP n.º 38 de
23/02/2007).
- Aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas
con discapacidad que presenten movilidad reducida en Extremadura y de la creación y reserva de plazas de
aparcamiento en la vía pública para los vehículos de las personas titulares de la tarjeta.
- Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza fiscal n.º 22 reguladora de la tasa por documentos que
expidan o de que entiendan las administraciones o autoridades locales a instancia de parte.
- Derogación de la tasa reguladora de la tasa de licencias urbanísticas exigidas por la legislación del suelo y
ordenación del territorio y la tasa por la realización de actividades administrativas de verificación y control de
actuaciones urbanísticas sujetas al Régimen de comunicación previa.
- Imposición y aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de licencias,
autorizaciones, documentos y otras actividades y servicios de naturaleza urbanística.
Lo que se somete a información pública por plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto en el
Boletín Oficial de la Provincia, para examen y presentación de cuantas, alegaciones, reclamaciones o sugerencias se
consideren oportunas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local.
Finalizado el plazo de exposición pública, y en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá
definitivamente aprobado el acuerdo hasta entonces provisional, de conformidad con la normativa aplicable.
Monesterio, a 28 de abril de 2021.- El Alcalde Antonio Garrote Ledesma.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Monesterio (Badajoz)
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Aprobación inicial de derogación, modificación e imposición de varias ordenanzas
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de abril de 2021, aprobó inicialmente la derogación,
modificación e imposición de las siguientes ordenanzas:
- Derogación de la Ordenanza no fiscal reguladora de la creación y reserva de espacio para el estacionamiento
de vehículos de personas de movilidad reducida y expedición de tarjetas de aparcamiento (BOP n.º 38 de
23/02/2007).
- Aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas
con discapacidad que presenten movilidad reducida en Extremadura y de la creación y reserva de plazas de
aparcamiento en la vía pública para los vehículos de las personas titulares de la tarjeta.
- Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza fiscal n.º 22 reguladora de la tasa por documentos que
expidan o de que entiendan las administraciones o autoridades locales a instancia de parte.
- Derogación de la tasa reguladora de la tasa de licencias urbanísticas exigidas por la legislación del suelo y
ordenación del territorio y la tasa por la realización de actividades administrativas de verificación y control de
actuaciones urbanísticas sujetas al Régimen de comunicación previa.
- Imposición y aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de licencias,
autorizaciones, documentos y otras actividades y servicios de naturaleza urbanística.
Lo que se somete a información pública por plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto en el
Boletín Oficial de la Provincia, para examen y presentación de cuantas, alegaciones, reclamaciones o sugerencias se
consideren oportunas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local.
Finalizado el plazo de exposición pública, y en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá
definitivamente aprobado el acuerdo hasta entonces provisional, de conformidad con la normativa aplicable.
Monesterio, a 28 de abril de 2021.- El Alcalde Antonio Garrote Ledesma.
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