Administración de Justicia. Juzgados. Juzgados de lo Social. Juzgado de lo Social Número 3 (Badajoz). (01937/2021)
Notificación ejecución de títulos judiciales 159/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Juzgado de lo Social Número 3
Anuncio 1937/2021
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADOS
Juzgados de lo Social
Juzgado de lo Social Número 3
Badajoz
Anuncio 1937/2021
Notificación ejecución de títulos judiciales 159/2019
NIG: 06015 44 4 2019 0000882.
ETJ Ejecución de títulos judiciales 0000159/2019.
Procedimiento origen: DSP Despido/ceses en general 0000212/2019.
Sobre despido.
Demandante: Doña Nora Minun Llera.
Procurador: María del Carmen Rosado Vega.
Demandado: Don Antonio M.ª Guillén Garranchan.
Abogado: Letrado de FOGASA.
Doña Susana Magdaleno Pozo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Tres de Badajoz.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 0000159/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de doña Nora Minun Llera contra la empresa Antonio M.ª Guillén Garranchan, sobre despido, se ha dictado decreto
de insolvencia provisional de fecha 21/4/2021, siendo de tres días el plazo para interponer recurso.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Antonio M.ª Guillén Garranchan, en ignorado paradero, expido la presente
para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el
tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma
de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Badajoz, a veintitrés de abril de dos mil veintiuno.- La Letrada de la Administración de Justicia, Susana Magdaleno Pozo.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno
respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las victimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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JUZGADOS
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Juzgado de lo Social Número 3
Badajoz
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NIG: 06015 44 4 2019 0000882.
ETJ Ejecución de títulos judiciales 0000159/2019.
Procedimiento origen: DSP Despido/ceses en general 0000212/2019.
Sobre despido.
Demandante: Doña Nora Minun Llera.
Procurador: María del Carmen Rosado Vega.
Demandado: Don Antonio M.ª Guillén Garranchan.
Abogado: Letrado de FOGASA.
Doña Susana Magdaleno Pozo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Tres de Badajoz.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 0000159/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de doña Nora Minun Llera contra la empresa Antonio M.ª Guillén Garranchan, sobre despido, se ha dictado decreto
de insolvencia provisional de fecha 21/4/2021, siendo de tres días el plazo para interponer recurso.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Antonio M.ª Guillén Garranchan, en ignorado paradero, expido la presente
para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el
tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma
de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Badajoz, a veintitrés de abril de dos mil veintiuno.- La Letrada de la Administración de Justicia, Susana Magdaleno Pozo.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno
respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las victimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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