Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01962/2021)
Bases por la que se regula la octava convocatoria de la Diputación de Badajoz del fondo financiero extremeño de anticipos reintegrables a entidades locales de la provincia de Badajoz, a través del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR)
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria

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a) Resolución o acuerdo de fecha _______ emitido por órgano competente de acogerse a la convocatoria que
regulan las presentes bases, y aprobación del FEAR solicitado, Línea XX (definición), por el importe de _______
euros y con el orden de prelación indicado en la solicitud anexa (caso de solicitar más de una línea), la
autorización al OAR y, en su caso, a Diputación, para realizar los descuentos o retenciones de amortización del
anticipo reintegrable, el carácter preferente de estas retenciones, y el número de plazos (mensuales o
trimestrales, según proceda) en el que reintegrará el citado anticipo que, en ningún caso, podrá exceder del
período de amortización que reste para la cancelación completa de las operaciones de crédito que la entidad
local tenga suscritas con el Fondo de Financiación de Pago a Proveedores, y en todo caso de 10 años desde el
pago.
b) Aprobación definitiva del presupuesto del ejercicio 2021 publicado en BOP número _______, de fecha_______.
c) Que ha sido presentada solicitud de autorización del Ministerio de Hacienda de la operación de
endeudamiento.
d) Aprobación por el pleno de la entidad de un plan de saneamiento financiero o de reducción de deuda si la
liquidación del ejercicio 2020 presentó ahorro neto negativo o endeudamiento superior al 75 por ciento de
sus ingresos corrientes liquidados en el ejercicio inmediato anterior, en los términos definidos en la
disposición final trigésima primera de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2013.
e) En su caso, que han sido comunicados al Ministerio de Hacienda los planes de saneamiento o de reducción
de deuda, junto con la solicitud de autorización de la operación de endeudamiento.
f) Que el importe de las operaciones de crédito pendientes de amortizar con cargo al FFPP no supera la
cantidad solicitada a fecha de la presentación de la solicitud.
g) Que la nueva operación de endeudamiento genera una disminución de la carga financiera que suponga un
ahorro financiero.
En _______________, a ________ de _________________________ de 2021.

Fdo.: _________________________________
Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz.
____________
ANEXO VII:
D./D.ª ____________, en calidad de Secretario/a del Ayuntamiento de ____________, en relación con la solicitud de anticipo
reintegrable con cargo al fondo financiero de la Diputación de Badajoz para las entidades locales de la provincia de Badajoz,
convocatoria publicada en el BOP número el _________, en ejercicio de las funciones conferidas por la normativa vigente,
habiendo sido perceptora la citada entidad local de anticipo reintegrable en las líneas de colaboración siguientes (señalar
la/s que proceda/n):
Línea 1.- Anticipos reintegrables destinados a financiar los préstamos de mandato.
Línea 2.- Anticipos reintegrables para la financiación de inversiones.
Línea 3.- Anticipos reintegrables para la refinanciación de operaciones de crédito a largo plazo realizadas por
la entidad local con el objeto de sustituir total o parcialmente operaciones de crédito preexistentes.
Línea 4.- Anticipos reintegrables para operaciones de Tesorería.
Línea 5.- Anticipos reintegrables para consolidación del corto plazo en largo plazo, conforme a la disposición
adicional 109 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
Línea 6.- Anticipos reintegrables para amortización de préstamos del FLFPP, conforme a la disposición
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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