Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01962/2021)
Bases por la que se regula la octava convocatoria de la Diputación de Badajoz del fondo financiero extremeño de anticipos reintegrables a entidades locales de la provincia de Badajoz, a través del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR)
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria
Anuncio 1962/2021
D./D.ª _______, en calidad de Interventor/a del Ayuntamiento de _______ en relación con la solicitud de anticipo reintegrable
con cargo al fondo financiero de la Diputación de Badajoz para las entidades locales de la provincia de Badajoz, convocatoria
publicada en el BOP número el _________, en ejercicio de las funciones conferidas por la normativa vigente, certifico el
cumplimiento de los siguientes requisitos exigidos por las bases precitadas:
a) Presupuesto definitivo 2021 publicado en BOP número _______, de fecha _______, o en caso de prórroga
presupuestaria, que se cumplen los requisitos del artículo 50.b) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales.
b) Ahorro neto positivo de la liquidación 2020, calculado en la forma que establece el artículo 53.1 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
c) Volumen total del capital vivo correspondiente a la liquidación 2020, incluido el préstamo que se solicita, no
excede del 75% de los ingresos corrientes líquidos o devengados según las cifras deducidas de los estados
contables consolidados, con sujeción al Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales y a la
Normativa de Estabilidad Presupuestaria.
d) (Caso de resultar necesario) Autorización o solicitud de autorización de la operación por parte del
Ministerio de Hacienda.
e) En su caso, cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda publica fijados por el
artículo 2O.2 de la LOEPFS, en el caso de aquellas entidades locales incluidas en el ámbito subjetivo definido
en los artículos 111 y 135 del TRLRHL o, en caso de incumplimiento de estas, autorización del órgano de
tutela.
f) En su caso, que la entidad local no incurre en ninguna de las prohibiciones contenidas en la base 4.2.2.e).
En_____________________________, a _______ de ___________________ de 2021.
V.º B.º:
Fdo.: _____________________________
El/la Alcalde/sa,
Fdo.: _____________________________
Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz.
II.2. MODELO DE CERTIFICADOS LÍNEA 2.
Línea 2: Anticipos reintegrables para la financiación de inversiones.
B) Si la entidad cuenta con Secretario-Interventor.
D./D.ª _______, en calidad de Secretario-Interventor/a del Ayuntamiento de _______ en relación con la solicitud de anticipo
reintegrable con cargo al fondo financiero de la Diputación de Badajoz para las entidades locales de la provincia de Badajoz,
convocatoria publicada en el BOP número el _________, en ejercicio de las funciones conferidas por la normativa vigente,
certifico el cumplimiento de los siguientes requisitos exigidos por las bases precitadas:
a) resolución o acuerdo de fecha _______ emitido por órgano competente de acogerse a la convocatoria que
regulan las presentes bases, y aprobación del FEAR solicitado, Línea XX (definición), por el importe de _______
euros y con el orden de prelación indicado en la solicitud anexa (caso de solicitar más de una línea), la
autorización al OAR y, en su caso, a Diputación, para realizar los descuentos o retenciones de amortización del
anticipo reintegrable, el carácter preferente de estas retenciones, el destino a inversiones, y el número de
pagos (XX mensuales/trimestrales, según proceda) que cumpliendo con las bases de referencia no exceda de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 21 de 38
Anuncio 1962/2021
D./D.ª _______, en calidad de Interventor/a del Ayuntamiento de _______ en relación con la solicitud de anticipo reintegrable
con cargo al fondo financiero de la Diputación de Badajoz para las entidades locales de la provincia de Badajoz, convocatoria
publicada en el BOP número el _________, en ejercicio de las funciones conferidas por la normativa vigente, certifico el
cumplimiento de los siguientes requisitos exigidos por las bases precitadas:
a) Presupuesto definitivo 2021 publicado en BOP número _______, de fecha _______, o en caso de prórroga
presupuestaria, que se cumplen los requisitos del artículo 50.b) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales.
b) Ahorro neto positivo de la liquidación 2020, calculado en la forma que establece el artículo 53.1 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
c) Volumen total del capital vivo correspondiente a la liquidación 2020, incluido el préstamo que se solicita, no
excede del 75% de los ingresos corrientes líquidos o devengados según las cifras deducidas de los estados
contables consolidados, con sujeción al Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales y a la
Normativa de Estabilidad Presupuestaria.
d) (Caso de resultar necesario) Autorización o solicitud de autorización de la operación por parte del
Ministerio de Hacienda.
e) En su caso, cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda publica fijados por el
artículo 2O.2 de la LOEPFS, en el caso de aquellas entidades locales incluidas en el ámbito subjetivo definido
en los artículos 111 y 135 del TRLRHL o, en caso de incumplimiento de estas, autorización del órgano de
tutela.
f) En su caso, que la entidad local no incurre en ninguna de las prohibiciones contenidas en la base 4.2.2.e).
En_____________________________, a _______ de ___________________ de 2021.
V.º B.º:
Fdo.: _____________________________
El/la Alcalde/sa,
Fdo.: _____________________________
Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz.
II.2. MODELO DE CERTIFICADOS LÍNEA 2.
Línea 2: Anticipos reintegrables para la financiación de inversiones.
B) Si la entidad cuenta con Secretario-Interventor.
D./D.ª _______, en calidad de Secretario-Interventor/a del Ayuntamiento de _______ en relación con la solicitud de anticipo
reintegrable con cargo al fondo financiero de la Diputación de Badajoz para las entidades locales de la provincia de Badajoz,
convocatoria publicada en el BOP número el _________, en ejercicio de las funciones conferidas por la normativa vigente,
certifico el cumplimiento de los siguientes requisitos exigidos por las bases precitadas:
a) resolución o acuerdo de fecha _______ emitido por órgano competente de acogerse a la convocatoria que
regulan las presentes bases, y aprobación del FEAR solicitado, Línea XX (definición), por el importe de _______
euros y con el orden de prelación indicado en la solicitud anexa (caso de solicitar más de una línea), la
autorización al OAR y, en su caso, a Diputación, para realizar los descuentos o retenciones de amortización del
anticipo reintegrable, el carácter preferente de estas retenciones, el destino a inversiones, y el número de
pagos (XX mensuales/trimestrales, según proceda) que cumpliendo con las bases de referencia no exceda de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 21 de 38