Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01922/2021)
Bases y convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Guarda de merendero en el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Anuncio 1922/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Puebla de la Calzada (Badajoz)
Anuncio 1922/2021
Bases y convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Guarda de merendero en el
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, 1 PLAZA DE GUARDA DE
MERENDERO EN EL AYTO. DE PUEBLA DE LA CALZADA
Don Juan María Delfa Cupido, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo
21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con la oferta de empleo
público correspondiente al ejercicio 2020, convoca pruebas selectivas para cubrir, con carácter de personal laboral fijo, una
plaza de guarda de merendero, vacante en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada, con arreglo a
las siguientes
BASES:
Primera.- Objeto de la convocatoria: El objeto de la presente convocatoria lo constituye la selección de personal laboral fijo
para la cobertura de una plaza vacante, mediante el sistema de concurso-oposición, por turno de acceso libre.
Las referidas plazas están incluidas en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio 2020 (oferta de
estabilización, artículo 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018), aprobada
por resolución de Alcaldía 2020-0171 con fecha 12 de marzo de 2020 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número
59, de fecha 23 de marzo de 2020, y en el DOE número 65, de fecha 2 de abril de 2020, cuyas características son:
N.º
puesto
N.º
plazas
55
1
Denominación
puesto
Guarda
merendero
Naturaleza
y sing.
puesto
Laboral
No
Grupo
C2
Requisitos
F.P. grado
medio en
oficios
clásicos o
asimilado*
Carné de
conducir B
Forma
provisión
Concurso
general
Puntos
específ.
Nivel
Jornada
650
14
Partida
(especial)
La plaza está adscrita a servicios múltiples y las tareas específicas serán las fijadas en la relación de puestos de trabajo para
el puesto 55.
De conformidad con la OEP de 2020 la presente convocatoria incluye una plaza vacante reservada a personas con
discapacidad (cupo discapacidad general). Por tanto, el aspirante debe tener reconocida por el órgano competente la
condición legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33%.
Además, para el personal que no resulte seleccionado, se creará una lista de espera en el subgrupo C2, con la finalidad de
dar cobertura con los integrantes de la misma a las necesidades de guardas de merendero que para este subgrupo
demande el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada, sin perjuicio de los procedimientos selectivos que puedan convocarse en
razón de las especiales características que concurran en el puesto de trabajo a ocupar o de los distintos planes de empleo
que exijan contrataciones a través de otros procedimientos selectivos.
Todo ello de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto Legislativo, 2/2015, de 23 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril; el RD 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe
ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local (en lo que sea aplicable), y de acuerdo
con lo estipulado en el Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada.
Segunda.- Requisitos: Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos que fijan los artículos 56 y 57 del Real Decreto
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, 1 PLAZA DE GUARDA DE
MERENDERO EN EL AYTO. DE PUEBLA DE LA CALZADA
Don Juan María Delfa Cupido, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo
21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con la oferta de empleo
público correspondiente al ejercicio 2020, convoca pruebas selectivas para cubrir, con carácter de personal laboral fijo, una
plaza de guarda de merendero, vacante en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada, con arreglo a
las siguientes
BASES:
Primera.- Objeto de la convocatoria: El objeto de la presente convocatoria lo constituye la selección de personal laboral fijo
para la cobertura de una plaza vacante, mediante el sistema de concurso-oposición, por turno de acceso libre.
Las referidas plazas están incluidas en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio 2020 (oferta de
estabilización, artículo 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018), aprobada
por resolución de Alcaldía 2020-0171 con fecha 12 de marzo de 2020 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número
59, de fecha 23 de marzo de 2020, y en el DOE número 65, de fecha 2 de abril de 2020, cuyas características son:
N.º
puesto
N.º
plazas
55
1
Denominación
puesto
Guarda
merendero
Naturaleza
y sing.
puesto
Laboral
No
Grupo
C2
Requisitos
F.P. grado
medio en
oficios
clásicos o
asimilado*
Carné de
conducir B
Forma
provisión
Concurso
general
Puntos
específ.
Nivel
Jornada
650
14
Partida
(especial)
La plaza está adscrita a servicios múltiples y las tareas específicas serán las fijadas en la relación de puestos de trabajo para
el puesto 55.
De conformidad con la OEP de 2020 la presente convocatoria incluye una plaza vacante reservada a personas con
discapacidad (cupo discapacidad general). Por tanto, el aspirante debe tener reconocida por el órgano competente la
condición legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33%.
Además, para el personal que no resulte seleccionado, se creará una lista de espera en el subgrupo C2, con la finalidad de
dar cobertura con los integrantes de la misma a las necesidades de guardas de merendero que para este subgrupo
demande el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada, sin perjuicio de los procedimientos selectivos que puedan convocarse en
razón de las especiales características que concurran en el puesto de trabajo a ocupar o de los distintos planes de empleo
que exijan contrataciones a través de otros procedimientos selectivos.
Todo ello de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto Legislativo, 2/2015, de 23 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril; el RD 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe
ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local (en lo que sea aplicable), y de acuerdo
con lo estipulado en el Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada.
Segunda.- Requisitos: Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos que fijan los artículos 56 y 57 del Real Decreto
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