Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (01766/2021)
Convocatoria pública para la autorización de uso y aprovechamiento de los huertos urbanos ecológicos del municipio de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 1766/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
Anuncio 1766/2021
Convocatoria pública para la autorización de uso y aprovechamiento de los huertos urbanos ecológicos del municipio de
Badajoz
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO Y APROVECHAMIENTO DE LOS HUERTOS URBANOS ECOLÓGICOS
DEL MUNICIPIO DE BADAJOZ
1. Objeto El objeto de la presente convocatoria es la adjudicación de autorizaciones para uso, disfrute y aprovechamiento de
cincuenta (50) parcelas para su cultivo hortícola y ornamental para autoconsumo, de conformidad con lo establecido en la
Ordenanza reguladora para el otorgamiento de autorizaciones de uso y aprovechamiento de los huertos urbanos ecológicos
del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento celebrado el 19 de diciembre de 2019.
Los huertos urbanos están emplazados en una parcela calificada como espacios libres o uso equipamientos en el PGOU del
municipio de Badajoz, se encuentra vallada perimetralmente y dispone de puertas de acceso que permanecerán abiertas
durante el horario de uso establecido. En el anexo I se encuentra un plano de distribución de las parcelas.
2. Régimen jurídico: Según el artículo 85.2 de la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, y el artículo
75.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la utilización de los huertos ecológicos municipales debe calificarse
de uso común especial de bienes de dominio público y, por lo tanto, se sujetará a la obtención de la preceptiva licencia
municipal.
Las licencias se otorgarán directamente, salvo que el número de solicitudes fuera superior al número de huertos que se
pueden ofertar, en cuyo caso se concederán mediante sorteo según lo establecido en el apartado 11.
De las 50 parcelas disponibles, 12 quedan reservadas a los colectivos del barrio de Suerte Saavedra legalmente constituidos
y le serán concedidos en precario, según orden de petición de los mismos y una vez analizado por el Servicio de Parques y
Jardines la conveniencia y beneficio social de estas peticiones. Por tal motivo el número final de parcelas disponibles, objeto
de las presentes bases, para su concesión por sorteo, será de 38 parcelas.
3. Duración de las autorizaciones: La duración de la licencia de uso y disfrute de los huertos urbanos será de tres años
contados a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución municipal que la otorga. Durante el mes anterior a la
finalización, el/la adjudicatario/a deberá dejar el huerto limpio y apto para ser cultivado.
Todas las autorizaciones, en cuanto a su duración, estarán sujetas a las modificaciones estipuladas en la Ordenanza
reguladora publicada al efecto.
4. Destinatarios de la convocatoria: Las parcelas ofertadas se dirigen a personas físicas mayores de edad, Asociaciones
Vecinales y Centros Educativos del municipio de Badajoz.
Como se cita en el apartado 2, los colectivos que trabajan para el barrio de Suerte Saavedra tienen reservadas 12 parcelas
por lo que los destinatarios de los 38 restantes serán:
a) Personas físicas residentes en Badajoz (una por núcleo familiar).
b) Otros colectivos sociales de la ciudad legalmente constituidos que no pertenezcan a los destinatarios de las
12 parcelas reservadas.
c) Otros centros educativos existentes en la ciudad.
5. Requisitos de los aspirantes:
A) Personas físicas mayores de edad que cumplan las siguientes condiciones:
Estar empadronado/a en el municipio de Badajoz.
Estar capacitado/a físicamente para realizar trabajo agrícola.
Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Badajoz.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO Y APROVECHAMIENTO DE LOS HUERTOS URBANOS ECOLÓGICOS
DEL MUNICIPIO DE BADAJOZ
1. Objeto El objeto de la presente convocatoria es la adjudicación de autorizaciones para uso, disfrute y aprovechamiento de
cincuenta (50) parcelas para su cultivo hortícola y ornamental para autoconsumo, de conformidad con lo establecido en la
Ordenanza reguladora para el otorgamiento de autorizaciones de uso y aprovechamiento de los huertos urbanos ecológicos
del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento celebrado el 19 de diciembre de 2019.
Los huertos urbanos están emplazados en una parcela calificada como espacios libres o uso equipamientos en el PGOU del
municipio de Badajoz, se encuentra vallada perimetralmente y dispone de puertas de acceso que permanecerán abiertas
durante el horario de uso establecido. En el anexo I se encuentra un plano de distribución de las parcelas.
2. Régimen jurídico: Según el artículo 85.2 de la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, y el artículo
75.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la utilización de los huertos ecológicos municipales debe calificarse
de uso común especial de bienes de dominio público y, por lo tanto, se sujetará a la obtención de la preceptiva licencia
municipal.
Las licencias se otorgarán directamente, salvo que el número de solicitudes fuera superior al número de huertos que se
pueden ofertar, en cuyo caso se concederán mediante sorteo según lo establecido en el apartado 11.
De las 50 parcelas disponibles, 12 quedan reservadas a los colectivos del barrio de Suerte Saavedra legalmente constituidos
y le serán concedidos en precario, según orden de petición de los mismos y una vez analizado por el Servicio de Parques y
Jardines la conveniencia y beneficio social de estas peticiones. Por tal motivo el número final de parcelas disponibles, objeto
de las presentes bases, para su concesión por sorteo, será de 38 parcelas.
3. Duración de las autorizaciones: La duración de la licencia de uso y disfrute de los huertos urbanos será de tres años
contados a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución municipal que la otorga. Durante el mes anterior a la
finalización, el/la adjudicatario/a deberá dejar el huerto limpio y apto para ser cultivado.
Todas las autorizaciones, en cuanto a su duración, estarán sujetas a las modificaciones estipuladas en la Ordenanza
reguladora publicada al efecto.
4. Destinatarios de la convocatoria: Las parcelas ofertadas se dirigen a personas físicas mayores de edad, Asociaciones
Vecinales y Centros Educativos del municipio de Badajoz.
Como se cita en el apartado 2, los colectivos que trabajan para el barrio de Suerte Saavedra tienen reservadas 12 parcelas
por lo que los destinatarios de los 38 restantes serán:
a) Personas físicas residentes en Badajoz (una por núcleo familiar).
b) Otros colectivos sociales de la ciudad legalmente constituidos que no pertenezcan a los destinatarios de las
12 parcelas reservadas.
c) Otros centros educativos existentes en la ciudad.
5. Requisitos de los aspirantes:
A) Personas físicas mayores de edad que cumplan las siguientes condiciones:
Estar empadronado/a en el municipio de Badajoz.
Estar capacitado/a físicamente para realizar trabajo agrícola.
Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Badajoz.
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