Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Parra. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (1877/2021)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de las ayudas para suministro de mínimos vitales 2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de La Parra
Anuncio 1877/2021
establecido en la normativa reguladora del bono social para ser considerado consumidor en
riesgo de exclusión social, a los solos efectos del pago de facturas de suministro eléctrico. Para
el resto de gastos o para el gasto de suministro eléctrico en caso de personas solicitantes que
no sean beneficiarias del bono social para consumidores vulnerables severos o cuando haya
transcurrido el plazo establecido para el pago de las facturas de estos consumidores, será de
aplicación el límite de rentas y el cómputo establecido en los párrafos anteriores.
2. Los requisitos establecidos en los párrafos a) y b) del apartado anterior solo serán exigibles a la persona
miembro de la unidad de convivencia solicitante de la ayuda.
3. Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la
unidad de convivencia:
a) La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia
personal, establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
b) La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y
que esté afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65% de discapacidad.
c) Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las Administraciones Públicas.
d) Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma
de Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y
manutención, que se obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
Teniendo en cuenta los importes actuales establecidos para el IPREM, los límites de ingresos o
rentas para acceder a estas ayudas sería el siguiente:
IPREM 2021 (14 Pagas): 7.908,60€
IPREM MENSUAL A 14 PAGAS: 659,05€
N.º De miembros
% IPREM Límite ingresos netos En 3 meses
1
100 %
659,05€
1.977,15€
2
108 %
711,77€
2.135,31€
3
116 %
764,50€
2.293,50€
4
124 %
817,22€
2.451,66€
5
132 %
869,95€
2.609,85€
6
140 %
922,67€
2.768,01€
7
148 %
975,39€
2.926,17€
8
156 %
1.028,12€
3.084,36€
9
164 %
1.080,84€
3.242,52€
10
172 %
1.133,57€
3.400,71€
11
180 %
1.186,29€
3.558,87€
12
188 %
1.239,01€
3.717,03€
LÍMITE SI ALGÚN MIEMBRO TIENE 65 % O MÁS DE DISCAPACIDAD O DEPENDENCIA:
Nº De miembros
% IPREM Límite ingresos netos En 3 meses
1
110 %
724,96€
2.174,88€
2
120 %
790,86€
2.372,58€
3
130 %
856,77€
2.570,31€
4
140 %
922,67€
2.768,01€
5
150 %
988,58€
2.965,74€
6
160 %
1.054,48€
3.163,44€
7
170 %
1.120,39€
3.361,17€
8
180 %
1.186,29€
3.558,87€
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Anuncio 1877/2021
establecido en la normativa reguladora del bono social para ser considerado consumidor en
riesgo de exclusión social, a los solos efectos del pago de facturas de suministro eléctrico. Para
el resto de gastos o para el gasto de suministro eléctrico en caso de personas solicitantes que
no sean beneficiarias del bono social para consumidores vulnerables severos o cuando haya
transcurrido el plazo establecido para el pago de las facturas de estos consumidores, será de
aplicación el límite de rentas y el cómputo establecido en los párrafos anteriores.
2. Los requisitos establecidos en los párrafos a) y b) del apartado anterior solo serán exigibles a la persona
miembro de la unidad de convivencia solicitante de la ayuda.
3. Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la
unidad de convivencia:
a) La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia
personal, establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
b) La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y
que esté afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65% de discapacidad.
c) Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las Administraciones Públicas.
d) Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma
de Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y
manutención, que se obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
Teniendo en cuenta los importes actuales establecidos para el IPREM, los límites de ingresos o
rentas para acceder a estas ayudas sería el siguiente:
IPREM 2021 (14 Pagas): 7.908,60€
IPREM MENSUAL A 14 PAGAS: 659,05€
N.º De miembros
% IPREM Límite ingresos netos En 3 meses
1
100 %
659,05€
1.977,15€
2
108 %
711,77€
2.135,31€
3
116 %
764,50€
2.293,50€
4
124 %
817,22€
2.451,66€
5
132 %
869,95€
2.609,85€
6
140 %
922,67€
2.768,01€
7
148 %
975,39€
2.926,17€
8
156 %
1.028,12€
3.084,36€
9
164 %
1.080,84€
3.242,52€
10
172 %
1.133,57€
3.400,71€
11
180 %
1.186,29€
3.558,87€
12
188 %
1.239,01€
3.717,03€
LÍMITE SI ALGÚN MIEMBRO TIENE 65 % O MÁS DE DISCAPACIDAD O DEPENDENCIA:
Nº De miembros
% IPREM Límite ingresos netos En 3 meses
1
110 %
724,96€
2.174,88€
2
120 %
790,86€
2.372,58€
3
130 %
856,77€
2.570,31€
4
140 %
922,67€
2.768,01€
5
150 %
988,58€
2.965,74€
6
160 %
1.054,48€
3.163,44€
7
170 %
1.120,39€
3.361,17€
8
180 %
1.186,29€
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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