Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bienvenida. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (1882/2021)
Aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización del punto de llenado de agua potable y sin clorar de cubas, depósitos y/o pozos para uso agrícola y ganadero
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Ayuntamiento de Bienvenida
Anuncio 1882/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Bienvenida
Bienvenida (Badajoz)
Anuncio 1882/2021
Aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización del punto de llenado de agua potable y sin
clorar de cubas, depósitos y/o pozos para uso agrícola y ganadero
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2021 acordó la aprobación provisional
de la imposición y la Ordenanza fiscal reguladora de tasa por utilización del punto de llenado de agua no potable y sin clorar
de cubas, depósitos y / o pozos para uso agrícola y ganadero.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo
de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,
para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://bienvenida.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho
acuerdo.
En Bienvenida, a 23 de abril de 2021.- El Alcalde-Presidente, Antonio Carmona Galán.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización del punto de llenado de agua potable y sin
clorar de cubas, depósitos y/o pozos para uso agrícola y ganadero
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2021 acordó la aprobación provisional
de la imposición y la Ordenanza fiscal reguladora de tasa por utilización del punto de llenado de agua no potable y sin clorar
de cubas, depósitos y / o pozos para uso agrícola y ganadero.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo
de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,
para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://bienvenida.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho
acuerdo.
En Bienvenida, a 23 de abril de 2021.- El Alcalde-Presidente, Antonio Carmona Galán.
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