Administración de Justicia. Juzgados. Juzgados de lo Social. Juzgado de lo Social Número 1 (Badajoz). (1817/2021)
Notificación ejecución de títulos judiciales 17/2021
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Juzgado de lo Social Número 1
Anuncio 1817/2021
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADOS
Juzgados de lo Social
Juzgado de lo Social Número 1
Badajoz
Anuncio 1817/2021
Notificación ejecución de títulos judiciales 17/2021
NIG: 06015 44 4 2019 0002561.
ETJ Ejecución de títulos judiciales 0000017/2021.
Procedimiento origen: DSP Despido/ceses en general 0000635/2019.
Sobre despido.
Demandante: Don Andrés Felipe Payán Cárdenas.
Abogado/a: Doña Yolanda Izaguirre Arias.
Demandado: El Comeero de Zafra.
Don José María Hidalgo Esperilla, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Badajoz.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 17/2021, de este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancia de don Andrés Felipe Payán Cárdenas contra la empresa El Comeero de Zafra, se ha dictado auto de fecha
16/4/2021, cuya parte dispositiva se adjunta:
"PARTE DISPOSITIVA
Que, estimando íntegramente la demanda ejecutiva, acuerdo:
1.- Declarar extinguida, con efectos del día de la fecha, la relación laboral existente entre don Andrés Felipe
Payán Cárdenas y la empresa El Comeero de Zafra, S.L.
2.- Condenar a la parte ejecutada a que satisfaga al ejecutante la cantidad de 3.052,09 euros en concepto de
indemnización con el abono de los salarios de tramitación desde el despido hasta la fecha de extinción de la
relación laboral a razón de 31,71 euros diarios, debiendo tener en cuenta, en su caso, las cantidades que la
empresa haya abonado al trabajador, así como las percibidas por haber encontrado otro empleo.
Notifíquese a las partes la presente resolución a los efectos pertinentes, advirtiéndoles que contra la misma pueden
interponer recurso de reposición dentro de los tres días siguientes a su notificación, ante este mismo Juzgado.
Así lo acuerda, manda y firma doña M.ª Ángeles Vicioso Rodríguez, Juez de refuerzo del Juzgado de lo Social número Uno de
Badajoz, de lo que doy fe."
Y para que sirva de notificación en legal forma a El Comeero de Zafra, en ignorado paradero, expido la presente para su
inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el
tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma
de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Badajoz, a veinte de abril de dos mil veintiuno.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Hidalgo Esperilla.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno
respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Juzgado de lo Social Número 1
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NIG: 06015 44 4 2019 0002561.
ETJ Ejecución de títulos judiciales 0000017/2021.
Procedimiento origen: DSP Despido/ceses en general 0000635/2019.
Sobre despido.
Demandante: Don Andrés Felipe Payán Cárdenas.
Abogado/a: Doña Yolanda Izaguirre Arias.
Demandado: El Comeero de Zafra.
Don José María Hidalgo Esperilla, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Badajoz.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 17/2021, de este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancia de don Andrés Felipe Payán Cárdenas contra la empresa El Comeero de Zafra, se ha dictado auto de fecha
16/4/2021, cuya parte dispositiva se adjunta:
"PARTE DISPOSITIVA
Que, estimando íntegramente la demanda ejecutiva, acuerdo:
1.- Declarar extinguida, con efectos del día de la fecha, la relación laboral existente entre don Andrés Felipe
Payán Cárdenas y la empresa El Comeero de Zafra, S.L.
2.- Condenar a la parte ejecutada a que satisfaga al ejecutante la cantidad de 3.052,09 euros en concepto de
indemnización con el abono de los salarios de tramitación desde el despido hasta la fecha de extinción de la
relación laboral a razón de 31,71 euros diarios, debiendo tener en cuenta, en su caso, las cantidades que la
empresa haya abonado al trabajador, así como las percibidas por haber encontrado otro empleo.
Notifíquese a las partes la presente resolución a los efectos pertinentes, advirtiéndoles que contra la misma pueden
interponer recurso de reposición dentro de los tres días siguientes a su notificación, ante este mismo Juzgado.
Así lo acuerda, manda y firma doña M.ª Ángeles Vicioso Rodríguez, Juez de refuerzo del Juzgado de lo Social número Uno de
Badajoz, de lo que doy fe."
Y para que sirva de notificación en legal forma a El Comeero de Zafra, en ignorado paradero, expido la presente para su
inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el
tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma
de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Badajoz, a veinte de abril de dos mil veintiuno.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Hidalgo Esperilla.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno
respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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