Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (1785/2021)
Extracto de convocatoria de ayudas económicas directas destinadas a reducir el impacto en la actividad económica y el empleo como consecuencia del cierre o suspensión temporal de establecimientos y actividades derivadas por la crisis sanitaria Covid-19
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Anuncio 1785/2021
El Ayuntamiento de Los Santos de Maimona tiene como objetivo la consecución de fines de interés general, y es objeto de
las presentes bases reguladoras convocar la concesión directa de ayudas a fondo perdido para paliar las consecuencias
económicas derivadas de las medidas especiales y excepcionales de intervención administrativa, aprobadas en el acuerdo
del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 13 de enero de 2021, publicado en el Diario Oficial de Extremadura
número 7 (suplemento), de fecha 13 de enero de 2021, en los autónomos y empresas en relación con los establecimientos
de hostelería y restauración, el comercio, los establecimientos de juegos y apuestas y otras actividades de ocio de Los Santos
de Maimona; así como en la el acuerdo de 20 de enero de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el
que se establecen medidas especiales y excepcionales de intervención administrativa en relación con los establecimientos
de hostelería y restauración, el comercio, los establecimientos de juegos y apuestas, la actividad deportiva, la actividad
cultural y otros eventos y actos en los municipios de más de 3.000 habitantes en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 12 (suplemento), de fecha 20 de enero de 2021.
Se pretende proteger el interés general del municipio, dando soporte al tejido empresarial de la misma para minimizar el
impacto de las medidas administrativas adoptadas provocadas por el incremento de la incidencia acumulada y lograr que,
una vez finalizada actual situación, se produzca lo antes posible una reactivación económica de nuestra localidad, actuando
directamente sobre las personas físicas y jurídicas más afectadas, con el objetivo de mantener nuestro tejido empresarial y
la recuperación del empleo.
3. Dotación presupuestaria.
La cantidad máxima a distribuir será de treinta y cinco mil euros (35.000,00 euros). La presente cantidad podrá ser, en su
caso, incrementada si concurren circunstancias que así lo aconsejen.
Esta cantidad se consigna en la aplicación presupuestaria 420.480.00 del estado de gastos del presupuesto municipal
vigente.
4. Cuantía de las ayudas.
La ayuda otorgada consistirá en un importe a fondo perdido y justificable por el beneficiario de una cantidad fija de
quinientos euros (500,00 euros).
5. Solicitudes.
- Se presentará una única solicitud de ayuda por beneficiario y establecimiento (anexo I).
- Dicha solicitud de ayuda se formalizará en el modelo normalizado de solicitud que se especifique en la
convocatoria y que se acompaña a las presentes bases. La información y el modelo de solicitud estarán
disponibles en las oficinas del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, sito en la calle Doctor Fernández
Santana, 1, en la sede electrónica del Ayuntamiento https://lossantosdemaimona.sedelectronica.es/info.0, así
como en la página web municipal www.lossantosdemaimona.com.
6. Plazo de presentación.
La solicitud, debidamente cumplimentada, se podrá presentar en los veinte (20) días hábiles siguientes a la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. La solicitud podrá ser presentada atendiendo a
las reglas establecidas en los artículos 14 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, bien presentando la misma en el registro general del Ayuntamiento, bien a través
de la sede electrónica del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.
En Los Santos de Maimona, a 20 de abril de 2021.- El Alcalde-Presidente. Manuel Lavado Barroso.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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económicas derivadas de las medidas especiales y excepcionales de intervención administrativa, aprobadas en el acuerdo
del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 13 de enero de 2021, publicado en el Diario Oficial de Extremadura
número 7 (suplemento), de fecha 13 de enero de 2021, en los autónomos y empresas en relación con los establecimientos
de hostelería y restauración, el comercio, los establecimientos de juegos y apuestas y otras actividades de ocio de Los Santos
de Maimona; así como en la el acuerdo de 20 de enero de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el
que se establecen medidas especiales y excepcionales de intervención administrativa en relación con los establecimientos
de hostelería y restauración, el comercio, los establecimientos de juegos y apuestas, la actividad deportiva, la actividad
cultural y otros eventos y actos en los municipios de más de 3.000 habitantes en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 12 (suplemento), de fecha 20 de enero de 2021.
Se pretende proteger el interés general del municipio, dando soporte al tejido empresarial de la misma para minimizar el
impacto de las medidas administrativas adoptadas provocadas por el incremento de la incidencia acumulada y lograr que,
una vez finalizada actual situación, se produzca lo antes posible una reactivación económica de nuestra localidad, actuando
directamente sobre las personas físicas y jurídicas más afectadas, con el objetivo de mantener nuestro tejido empresarial y
la recuperación del empleo.
3. Dotación presupuestaria.
La cantidad máxima a distribuir será de treinta y cinco mil euros (35.000,00 euros). La presente cantidad podrá ser, en su
caso, incrementada si concurren circunstancias que así lo aconsejen.
Esta cantidad se consigna en la aplicación presupuestaria 420.480.00 del estado de gastos del presupuesto municipal
vigente.
4. Cuantía de las ayudas.
La ayuda otorgada consistirá en un importe a fondo perdido y justificable por el beneficiario de una cantidad fija de
quinientos euros (500,00 euros).
5. Solicitudes.
- Se presentará una única solicitud de ayuda por beneficiario y establecimiento (anexo I).
- Dicha solicitud de ayuda se formalizará en el modelo normalizado de solicitud que se especifique en la
convocatoria y que se acompaña a las presentes bases. La información y el modelo de solicitud estarán
disponibles en las oficinas del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, sito en la calle Doctor Fernández
Santana, 1, en la sede electrónica del Ayuntamiento https://lossantosdemaimona.sedelectronica.es/info.0, así
como en la página web municipal www.lossantosdemaimona.com.
6. Plazo de presentación.
La solicitud, debidamente cumplimentada, se podrá presentar en los veinte (20) días hábiles siguientes a la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. La solicitud podrá ser presentada atendiendo a
las reglas establecidas en los artículos 14 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, bien presentando la misma en el registro general del Ayuntamiento, bien a través
de la sede electrónica del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.
En Los Santos de Maimona, a 20 de abril de 2021.- El Alcalde-Presidente. Manuel Lavado Barroso.
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