Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1783/2021)
Bases de la convocatoria para cubrir una plaza de Oficial de la Policía Local, mediante el sistema de concurso-oposición, por promoción interna
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Recursos Humanos
Anuncio 1783/2021
El total de puntos a obtener en el segundo ejercicio será de 10 puntos. Siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en
cada uno de los temas para superarlo.
7.1.3. Tercera prueba: Consistirá en resolver dos supuestos prácticos en tiempo máximo de 90 minutos, propuestos por el
Tribunal, que versarán sobre materias policiales relacionados con el contenido del programa y la categoría a la que se opta.
Tras su desarrollo, el Tribunal podrá acordar la lectura pública del ejercicio. De forma previa a la realización por los
aspirantes de dichos supuestos, el Tribunal fijará la valoración de cada uno de sus apartados, empleando la misma como
criterio de corrección, siendo facultad de cada miembro del Tribunal emitir una valoración dentro de los límites fijados como
criterios de corrección en función de los conocimientos demostrados por los aspirantes.
El total de puntos a obtener en el segundo ejercicio será de 10 puntos. Siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos, en
cada uno de los supuestos para superarlo.
7.1.4. Calificación de los ejercicios.
Oposición: Los ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para pasar al ejercicio siguiente el
obtener un mínimo de 5 puntos. Excepto el primero que se calificará como apto o no apto.
La calificación de los ejercicios se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del
Tribunal, según los criterios de corrección establecidos en estas bases, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y
mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a 2 puntos.
El resultado final de la oposición vendrá determinado por la suma de las puntuaciones de cada uno de los ejercicios.
Concurso: La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará a los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición.
7.2. Segunda fase: Concurso-oposición.
7.2.1. Fase de concurso:
Solo podrán valorarse los méritos que se posean antes de la finalización del plazo de presentación de instancias. En todo
caso, el presente concurso no podrá superar el 35% de la puntuación total correspondiente al concurso-oposición.
A efectos de cumplir el límite del 35%, la puntuación máxima de la fase de concurso será de 10,50 puntos, lo que supone un
34,43 % de la puntuación total del concurso-oposición.
Los méritos alegados y documentados por los aspirantes se valorarán con arreglo al siguiente baremo:
La puntuación máxima de este apartado será de 2,50 puntos, de acuerdo a la siguiente distribución:
a) Por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de Policía Local, en la
categoría de Agente de Policía Local: 0,15 puntos, a contar a partir de los dos años que figuran como requisito.
b) Por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses, prestados en otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:
0,05 puntos. En este apartado, no se computarán los periodos temporales computados en el apartado
anterior.
7.1.1.2. Formación:
a) Por haber participado en calidad de alumno en cursos impartidos en los centros oficiales enumerados al
final de este apartado, sobre materias relacionadas con las funciones de los Cuerpos de Policía Local:
- Si no se especifica el número de horas no será valorado.
- Hasta 20 horas:
0,05 puntos.
- De 21 a 50 horas:
0,10 puntos.
- De 51 a 75 horas:
0,15 puntos.
- De 76 a 100 horas:
0,20 puntos.
- De 101 a 150 horas:
0,25 puntos.
- De 151 a 200 horas:
0,30 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El total de puntos a obtener en el segundo ejercicio será de 10 puntos. Siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en
cada uno de los temas para superarlo.
7.1.3. Tercera prueba: Consistirá en resolver dos supuestos prácticos en tiempo máximo de 90 minutos, propuestos por el
Tribunal, que versarán sobre materias policiales relacionados con el contenido del programa y la categoría a la que se opta.
Tras su desarrollo, el Tribunal podrá acordar la lectura pública del ejercicio. De forma previa a la realización por los
aspirantes de dichos supuestos, el Tribunal fijará la valoración de cada uno de sus apartados, empleando la misma como
criterio de corrección, siendo facultad de cada miembro del Tribunal emitir una valoración dentro de los límites fijados como
criterios de corrección en función de los conocimientos demostrados por los aspirantes.
El total de puntos a obtener en el segundo ejercicio será de 10 puntos. Siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos, en
cada uno de los supuestos para superarlo.
7.1.4. Calificación de los ejercicios.
Oposición: Los ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para pasar al ejercicio siguiente el
obtener un mínimo de 5 puntos. Excepto el primero que se calificará como apto o no apto.
La calificación de los ejercicios se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del
Tribunal, según los criterios de corrección establecidos en estas bases, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y
mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a 2 puntos.
El resultado final de la oposición vendrá determinado por la suma de las puntuaciones de cada uno de los ejercicios.
Concurso: La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará a los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición.
7.2. Segunda fase: Concurso-oposición.
7.2.1. Fase de concurso:
Solo podrán valorarse los méritos que se posean antes de la finalización del plazo de presentación de instancias. En todo
caso, el presente concurso no podrá superar el 35% de la puntuación total correspondiente al concurso-oposición.
A efectos de cumplir el límite del 35%, la puntuación máxima de la fase de concurso será de 10,50 puntos, lo que supone un
34,43 % de la puntuación total del concurso-oposición.
Los méritos alegados y documentados por los aspirantes se valorarán con arreglo al siguiente baremo:
La puntuación máxima de este apartado será de 2,50 puntos, de acuerdo a la siguiente distribución:
a) Por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de Policía Local, en la
categoría de Agente de Policía Local: 0,15 puntos, a contar a partir de los dos años que figuran como requisito.
b) Por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses, prestados en otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:
0,05 puntos. En este apartado, no se computarán los periodos temporales computados en el apartado
anterior.
7.1.1.2. Formación:
a) Por haber participado en calidad de alumno en cursos impartidos en los centros oficiales enumerados al
final de este apartado, sobre materias relacionadas con las funciones de los Cuerpos de Policía Local:
- Si no se especifica el número de horas no será valorado.
- Hasta 20 horas:
0,05 puntos.
- De 21 a 50 horas:
0,10 puntos.
- De 51 a 75 horas:
0,15 puntos.
- De 76 a 100 horas:
0,20 puntos.
- De 101 a 150 horas:
0,25 puntos.
- De 151 a 200 horas:
0,30 puntos.
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