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Aprobación del Plan de Disposición de Fondos
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Ayuntamiento de Lobón

Anuncio 1784/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Lobón
Lobón (Badajoz)
Anuncio 1784/2021
Aprobación del Plan de Disposición de Fondos

AROBACION DEL PLAN DE DISPOSICION DE FONDOS
Mediante resolución de Alcaldía de fecha 12 de marzo de 2021, se aprobó el Plan de Disposición de Fondos del municipio de
Lobón, lo que se publica a los efectos del artículo 131 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Vista la necesidad de elaborar un Plan de Disposición de Fondos, con la finalidad de permitir a la entidad local planificar su
tesorería para cumplir con las obligaciones legales hacer frente a los pagos realizados por la entidad local.
Visto el informe de Secretaría de fecha 9 de marzo de 2021, y el informe de tesorería de fecha 10 de marzo 2021 y, de
conformidad con lo establecido en el artículo 187 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
RESUELVO:
Primero. Aprobar lo dispuesto en el Plan de Disposición de Fondos, en relación con las previsiones sobre la
gestión de los fondos integrantes de la tesorería para hacer frente a las obligaciones contraídas por esta
entidad local.
Segundo. Publicar el Plan de Disposición de Fondos en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la
Alcaldía de este Ayuntamiento de Lobón, de conformidad con al artículo 112 y siguientes de Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Lobón, a 20 de abril de 2021.- El Alcalde, Roberto Romero Gragera.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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