Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (1760/2021)
Extracto de la resolución de fecha 9 de abril de 2021, por la que se convocan subvenciones para la realización de Proyectos de Cooperación en Países en Vías de Desarrollo, a ejecutar durante el año 2021
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Instituto Municipal de Servicios Sociales
Anuncio 1760/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Instituto Municipal de Servicios Sociales
Badajoz
Anuncio 1760/2021
Extracto de la resolución de fecha 9 de abril de 2021, por la que se convocan subvenciones para la realización de Proyectos
de Cooperación en Países en Vías de Desarrollo, a ejecutar durante el año 2021
RESOLUCIÓN DE FECHA 9 DE ABRIL DE 2021, DE LA VICEPRESIDENCIA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES
DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE
COOPERACIÓN EN PAÍSES EN VÍAS DE DESARROLLO, A EJECUTAR DURANTE EL AÑO 2021
BDNS (Identif.): 558265
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/558265)
PRIMERO.- Beneficiarios: Organizaciones e instituciones, fundaciones y asociaciones no gubernamentales, sin ánimo de
lucro, que reúnan los requisitos establecidos en el punto Quinto de la presente Convocatoria, entre otros, los siguientes:
Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, con dos años de antelación a
la fecha de publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Tener recogido en sus estatutos, entre sus fines y actividades institucionales, la realización de actividades de cooperación en
países en vías de desarrollo.
Disponer de estructura y experiencia consolidada, necesaria para el cumplimiento de sus objetivos y para el desarrollo de
las actividades a subvencionar en la presente convocatoria.
SEGUNDO.- Objeto: Las subvenciones concedidas tendrán por objeto la financiación de proyectos que contribuyan al
desarrollo económico, social y educativo de los países en vías de desarrollo, mejorando las condiciones de vida de sus
habitantes y satisfaciendo sus necesidades básicas que sean ejecutados por organizaciones e instituciones, fundaciones y
asociaciones no gubernamentales, sin ánimo de lucro, con experiencia y estructuras consolidadas en el país donde se
desarrolla el proyecto.
TERCERO.- Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP de
Badajoz, el día 2 de febrero de 2009.
http://www.dip-badajoz.es/bop/ventana_anuncio.php?id_anuncio=33251&FechaSolicitada=2009-02-02.
CUARTO.- Cuantía: Esta convocatoria de subvenciones tiene una dotación de 94.000,00 euros, estableciéndose como límite
máximo de la cantidad a solicitar, por cada una de las asociaciones, 11.280,00 euros.
QUINTO.- Plazo de presentación de solicitudes: Un mes, a contar, desde el día siguiente al de la publicación de este extracto
en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
SEXTO.- Otros datos: Las solicitudes se ajustarán al modelo que será facilitado por el Instituto Municipal de Servicios
Sociales de Badajoz y que figura como anexo I a la convocatoria y se presentarán, junto a la documentación relacionada en
su punto sexto, apartado 2, en el Registro del Instituto Municipal de Servicios Sociales de Badajoz, sito en calle San Lorenzo
número 25; en el Registro General del Ayuntamiento de Badajoz, sito en Plaza de España, s/n, o a través de los registros y
oficinas señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Los proyectos o acciones que fundamentan la subvención deberán ser ejecutados dentro del ejercicio de 2021, finalizando,
por tanto, el 31 de diciembre de dicho año.
El plazo máximo para presentar la justificación de la subvención será el 15 de enero de 2022.
Podrán efectuarse pagos anticipados de la subvención, hasta un 50% de la cantidad concedida, en la forma señalada en el
punto octavo de la convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Badajoz
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Extracto de la resolución de fecha 9 de abril de 2021, por la que se convocan subvenciones para la realización de Proyectos
de Cooperación en Países en Vías de Desarrollo, a ejecutar durante el año 2021
RESOLUCIÓN DE FECHA 9 DE ABRIL DE 2021, DE LA VICEPRESIDENCIA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES
DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE
COOPERACIÓN EN PAÍSES EN VÍAS DE DESARROLLO, A EJECUTAR DURANTE EL AÑO 2021
BDNS (Identif.): 558265
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/558265)
PRIMERO.- Beneficiarios: Organizaciones e instituciones, fundaciones y asociaciones no gubernamentales, sin ánimo de
lucro, que reúnan los requisitos establecidos en el punto Quinto de la presente Convocatoria, entre otros, los siguientes:
Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, con dos años de antelación a
la fecha de publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Tener recogido en sus estatutos, entre sus fines y actividades institucionales, la realización de actividades de cooperación en
países en vías de desarrollo.
Disponer de estructura y experiencia consolidada, necesaria para el cumplimiento de sus objetivos y para el desarrollo de
las actividades a subvencionar en la presente convocatoria.
SEGUNDO.- Objeto: Las subvenciones concedidas tendrán por objeto la financiación de proyectos que contribuyan al
desarrollo económico, social y educativo de los países en vías de desarrollo, mejorando las condiciones de vida de sus
habitantes y satisfaciendo sus necesidades básicas que sean ejecutados por organizaciones e instituciones, fundaciones y
asociaciones no gubernamentales, sin ánimo de lucro, con experiencia y estructuras consolidadas en el país donde se
desarrolla el proyecto.
TERCERO.- Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP de
Badajoz, el día 2 de febrero de 2009.
http://www.dip-badajoz.es/bop/ventana_anuncio.php?id_anuncio=33251&FechaSolicitada=2009-02-02.
CUARTO.- Cuantía: Esta convocatoria de subvenciones tiene una dotación de 94.000,00 euros, estableciéndose como límite
máximo de la cantidad a solicitar, por cada una de las asociaciones, 11.280,00 euros.
QUINTO.- Plazo de presentación de solicitudes: Un mes, a contar, desde el día siguiente al de la publicación de este extracto
en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
SEXTO.- Otros datos: Las solicitudes se ajustarán al modelo que será facilitado por el Instituto Municipal de Servicios
Sociales de Badajoz y que figura como anexo I a la convocatoria y se presentarán, junto a la documentación relacionada en
su punto sexto, apartado 2, en el Registro del Instituto Municipal de Servicios Sociales de Badajoz, sito en calle San Lorenzo
número 25; en el Registro General del Ayuntamiento de Badajoz, sito en Plaza de España, s/n, o a través de los registros y
oficinas señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Los proyectos o acciones que fundamentan la subvención deberán ser ejecutados dentro del ejercicio de 2021, finalizando,
por tanto, el 31 de diciembre de dicho año.
El plazo máximo para presentar la justificación de la subvención será el 15 de enero de 2022.
Podrán efectuarse pagos anticipados de la subvención, hasta un 50% de la cantidad concedida, en la forma señalada en el
punto octavo de la convocatoria.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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