Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Amalia. (1715/2021)
Delegación de competencias en Junta de Gobierno Local
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Ayuntamiento de Santa Amalia
Anuncio 1715/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Santa Amalia
Santa Amalia (Badajoz)
Anuncio 1715/2021
Delegación de competencias en Junta de Gobierno Local
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de abril de 2021, acordó delegar en la Junta de
Gobierno Local la competencia para resolver los expedientes sancionadores en materia urbanística, siempre que se trate de
infracciones calificadas como graves y muy graves, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 187.2 de la Ley 11/2018,
de Ordenación Territorial y Urbanística de Sostenible de Extremadura, y preceptos concordantes. Las competencias
delegadas se ejercerán por la Junta de Gobierno Local en los términos y dentro de los límites de dicha delegación, no
pudiendo ser delegadas en ningún otro órgano.
Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán dictados por el Pleno de la Corporación, como órgano delegante
y titular de la competencia originaria, al que se mantendrá informado del ejercicio de la delegación.
La delegación de competencias surtirá efectos desde el día siguiente al de la adopción del acuerdo, sin perjuicio de su
preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santa
Amalia, y la sede electrónica: www.santaamalia.es.
Lo que se traslada para general conocimiento.
En Santa Amalia, 15 de abril de 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, Raquel Castaño Peña.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de abril de 2021, acordó delegar en la Junta de
Gobierno Local la competencia para resolver los expedientes sancionadores en materia urbanística, siempre que se trate de
infracciones calificadas como graves y muy graves, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 187.2 de la Ley 11/2018,
de Ordenación Territorial y Urbanística de Sostenible de Extremadura, y preceptos concordantes. Las competencias
delegadas se ejercerán por la Junta de Gobierno Local en los términos y dentro de los límites de dicha delegación, no
pudiendo ser delegadas en ningún otro órgano.
Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán dictados por el Pleno de la Corporación, como órgano delegante
y titular de la competencia originaria, al que se mantendrá informado del ejercicio de la delegación.
La delegación de competencias surtirá efectos desde el día siguiente al de la adopción del acuerdo, sin perjuicio de su
preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santa
Amalia, y la sede electrónica: www.santaamalia.es.
Lo que se traslada para general conocimiento.
En Santa Amalia, 15 de abril de 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, Raquel Castaño Peña.
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