Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Álvaro. (1741/2021)
Convocatoria reguladora de las ayudas para suministros mínimos vitales, ejercicio 2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Álvaro
Anuncio 1741/2021
OCTAVA.- Causas de modificación de las cuantías máximas anuales por unidad de convivencia.
Son causas de modificación:
a) El aumento del número de personas integrantes de la unidad de convivencia. En este caso, el importe de la
ayuda para suministros mínimos vitales deberá incrementarse con arreglo a las cuantías previstas en la base
tercera, si procede.
b) La disminución del número de personas integrantes de la unidad de convivencia en el caso de que,
atendiendo al importe efectivamente abonado a las entidades suministradoras, fuera posible reducir el
importe de la ayuda inicialmente concedida.
NOVENA.- Causas de pérdida del derecho a la percepción de las ayudas y obligación de reintegro.
Son causas de pérdida del derecho a la percepción de las ayudas:
a) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las presentes bases.
b) El ocultamiento o falseamiento de datos.
En estos casos, se perderá el derecho a la percepción de las ayudas para suministros mínimos vitales para toda la anualidad
y las ayudas ya percibidas en la misma anualidad tendrán la consideración de indebidamente percibidas y nacerá la
obligación de reintegrarlas.
DÉCIMA.- Fondos destinados al pago de las ayudas.
El crédito presupuestario para el pago de las ayudas para suministros mínimos vitales se corresponderá con el importe de la
transferencia que a este efecto realice la Junta de Extremadura al Ayuntamiento de Don Álvaro.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
Se autoriza al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento a dictar cuantos actos y disposiciones resulten necesarias para el
desarrollo y ejecución de lo dispuesto en estas bases.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
Estas bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
__________
ANEXO I
SOLICITUD AYUDAS PARA SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES
1. Datos personales del solicitante:
Nombre y apellidos
DNI/NIE
Domicilio
Estado civil
Localidad
C.P./Provincia
Domicilio a efectos de notificaciones (rellenar en caso de no
coincidir con el domicilio de residencia)
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Teléfono
C.P./Localidad/Provincia
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OCTAVA.- Causas de modificación de las cuantías máximas anuales por unidad de convivencia.
Son causas de modificación:
a) El aumento del número de personas integrantes de la unidad de convivencia. En este caso, el importe de la
ayuda para suministros mínimos vitales deberá incrementarse con arreglo a las cuantías previstas en la base
tercera, si procede.
b) La disminución del número de personas integrantes de la unidad de convivencia en el caso de que,
atendiendo al importe efectivamente abonado a las entidades suministradoras, fuera posible reducir el
importe de la ayuda inicialmente concedida.
NOVENA.- Causas de pérdida del derecho a la percepción de las ayudas y obligación de reintegro.
Son causas de pérdida del derecho a la percepción de las ayudas:
a) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las presentes bases.
b) El ocultamiento o falseamiento de datos.
En estos casos, se perderá el derecho a la percepción de las ayudas para suministros mínimos vitales para toda la anualidad
y las ayudas ya percibidas en la misma anualidad tendrán la consideración de indebidamente percibidas y nacerá la
obligación de reintegrarlas.
DÉCIMA.- Fondos destinados al pago de las ayudas.
El crédito presupuestario para el pago de las ayudas para suministros mínimos vitales se corresponderá con el importe de la
transferencia que a este efecto realice la Junta de Extremadura al Ayuntamiento de Don Álvaro.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
Se autoriza al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento a dictar cuantos actos y disposiciones resulten necesarias para el
desarrollo y ejecución de lo dispuesto en estas bases.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
Estas bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
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ANEXO I
SOLICITUD AYUDAS PARA SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES
1. Datos personales del solicitante:
Nombre y apellidos
DNI/NIE
Domicilio
Estado civil
Localidad
C.P./Provincia
Domicilio a efectos de notificaciones (rellenar en caso de no
coincidir con el domicilio de residencia)
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Teléfono
C.P./Localidad/Provincia
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