Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (1719/2021)
Bases y convocatoria de selección para constituir una lista de espera para la contratación de Técnicos de Formación para proyectos del Programa Integra Almendralejo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 1719/2021
1.º.- Primer ejercicio.
Valoración de un proyecto que versará sobre las acciones y actividades a realizar, descritas en el objeto de
esta convocatoria (base primera).
El proyecto se presentará mecanografiado, con fuente "arial 11" a doble espacio con una extensión máxima
de 30 páginas.
Se valorará la claridad, el orden de las ideas, la capacidad de síntesis, la aportación personal del aspirante, el
conocimiento de las normas de aplicación, así como el Reglamento 1304/2013, del Parlamento Europeo y del
Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo, así como de las normas de
contratación pública aplicables a este programa de carácter europeo.
2.º.- Segundo ejercicio.
Defensa pública del proyecto presentado, donde se ponga de manifiesto su autoría y conocimientos sobre el
mismo, que tendrá una duración máxima de 10 minutos incluido el tiempo necesario para su preparación.
Esta prueba pondrá de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de las personas aspirantes, en
relación con el puesto a desempeñar y se valorará la capacidad de raciocinio, la sistemática en el
planteamiento y formulación de conclusiones.
Durante la exposición el aspirante no podrá aportar ningún medio audiovisual. No obstante, el tribunal, para
garantizar la igualdad de oportunidades, podrá determinar y facilitar los medios que estime oportunos para la
realización de esta prueba.
3.º.- Calificación de la fase de oposición.
Todos los ejercicios se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para
superarlos. La determinación de la calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los
distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la
calificación definitiva, eliminándose, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas
exista una diferencia igual o superior a 2 puntos
La calificación definitiva de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
alcanzadas por los aspirantes, declarados aptos, en cada uno de los ejercicios.
Décima.- Calificación definitiva y constitución de la lista de espera.
1.º.- Calificación definitiva.
A la calificación de la fase de oposición se sumará el resultado de la fase de concurso, determinándose, así, el
orden de calificación definitiva. Para entrar en bolsa será necesario haber superado al menos el primer
ejercicio.
En caso de empate se resolverá a favor de la persona aspirante que mayor puntuación haya obtenido en la
fase de oposición; si se mantiene el empate se optará, de entre estas, por la que mayor puntuación haya
obtenido en el segundo ejercicio, de seguir persistiendo se atenderá al orden del sorteo de la Junta de
Extremadura de aplicación general a todas las listas de espera para la contratación de la Comunidad
Autónoma y que se hace pública en el DOE.
2.º.- Constitución de la lista de espera.
Recibida la propuesta del Tribunal Calificador, por resolución de la Alcaldía Presidencia se constituirá la lista
de espera.
La lista de espera tendrán una vigencia máxima de tres años, contados a partir de la fecha de su constitución,
salvo que, con anterioridad a dicha fecha, se prorrogue, por resolución de la Alcaldía, por el tiempo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Valoración de un proyecto que versará sobre las acciones y actividades a realizar, descritas en el objeto de
esta convocatoria (base primera).
El proyecto se presentará mecanografiado, con fuente "arial 11" a doble espacio con una extensión máxima
de 30 páginas.
Se valorará la claridad, el orden de las ideas, la capacidad de síntesis, la aportación personal del aspirante, el
conocimiento de las normas de aplicación, así como el Reglamento 1304/2013, del Parlamento Europeo y del
Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo, así como de las normas de
contratación pública aplicables a este programa de carácter europeo.
2.º.- Segundo ejercicio.
Defensa pública del proyecto presentado, donde se ponga de manifiesto su autoría y conocimientos sobre el
mismo, que tendrá una duración máxima de 10 minutos incluido el tiempo necesario para su preparación.
Esta prueba pondrá de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de las personas aspirantes, en
relación con el puesto a desempeñar y se valorará la capacidad de raciocinio, la sistemática en el
planteamiento y formulación de conclusiones.
Durante la exposición el aspirante no podrá aportar ningún medio audiovisual. No obstante, el tribunal, para
garantizar la igualdad de oportunidades, podrá determinar y facilitar los medios que estime oportunos para la
realización de esta prueba.
3.º.- Calificación de la fase de oposición.
Todos los ejercicios se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para
superarlos. La determinación de la calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los
distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la
calificación definitiva, eliminándose, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas
exista una diferencia igual o superior a 2 puntos
La calificación definitiva de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
alcanzadas por los aspirantes, declarados aptos, en cada uno de los ejercicios.
Décima.- Calificación definitiva y constitución de la lista de espera.
1.º.- Calificación definitiva.
A la calificación de la fase de oposición se sumará el resultado de la fase de concurso, determinándose, así, el
orden de calificación definitiva. Para entrar en bolsa será necesario haber superado al menos el primer
ejercicio.
En caso de empate se resolverá a favor de la persona aspirante que mayor puntuación haya obtenido en la
fase de oposición; si se mantiene el empate se optará, de entre estas, por la que mayor puntuación haya
obtenido en el segundo ejercicio, de seguir persistiendo se atenderá al orden del sorteo de la Junta de
Extremadura de aplicación general a todas las listas de espera para la contratación de la Comunidad
Autónoma y que se hace pública en el DOE.
2.º.- Constitución de la lista de espera.
Recibida la propuesta del Tribunal Calificador, por resolución de la Alcaldía Presidencia se constituirá la lista
de espera.
La lista de espera tendrán una vigencia máxima de tres años, contados a partir de la fecha de su constitución,
salvo que, con anterioridad a dicha fecha, se prorrogue, por resolución de la Alcaldía, por el tiempo
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