Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana de la Sierra. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (1691/2021)
Bando sobre convocatoria para nombramiento de Juez de Paz titular
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Ayuntamiento de Orellana de la Sierra
Anuncio 1691/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Orellana de la Sierra
Orellana de la Sierra (Badajoz)
Anuncio 1691/2021
Bando sobre convocatoria para nombramiento de Juez de Paz titular
BANDO DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA
Asunto: Elección de Juez de Paz titular.
José Alberto Nieto Asensio, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Orellana de la Sierra, hago saber:
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir a la persona para ser nombrada Juez de Paz titular de este
municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo
soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI.
b) Certificación literal de nacimiento.
c) Certificación de antecedentes penales, expedido por el Registro Central de penados y
Rebeldes del Ministerio de Justicia.
d) Certificación médica de no padecer enfermedad que le incapacite para el ejercicio del cargo
de Juez de Paz.
e) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento ó bien mediante el
procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se
precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el
acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Orellana de la Sierra, a 15 de abril de 2021.- El Alcalde, José Alberto Nieto Asensio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Orellana de la Sierra (Badajoz)
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BANDO DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA
Asunto: Elección de Juez de Paz titular.
José Alberto Nieto Asensio, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Orellana de la Sierra, hago saber:
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir a la persona para ser nombrada Juez de Paz titular de este
municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo
soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI.
b) Certificación literal de nacimiento.
c) Certificación de antecedentes penales, expedido por el Registro Central de penados y
Rebeldes del Ministerio de Justicia.
d) Certificación médica de no padecer enfermedad que le incapacite para el ejercicio del cargo
de Juez de Paz.
e) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento ó bien mediante el
procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se
precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el
acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Orellana de la Sierra, a 15 de abril de 2021.- El Alcalde, José Alberto Nieto Asensio.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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