Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (1702/2021)
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número 1/2021 por suplemento de crédito
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria
Badajoz
Anuncio 1702/2021
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número 1/2021 por suplemento de crédito

"Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número 1/2021 por suplemento de crédito"
El Pleno de la Diputación de Badajoz, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de marzo de 2021, ratificó el acuerdo adoptado
por el Consejo Rector del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, de fecha 2 de marzo de 2021, sobre
modificación presupuestaria número 1/2021 por suplemento de crédito.
De conformidad con el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, los expedientes
quedaron expuestos para reclamaciones por plazo de 15 días, mediante anuncio número 1139/2021 en el Boletín Oficial de
la Provincia número 50, del día 16 de marzo de 2021.
Transcurrido el plazo de exposición pública, ante la ausencia de reclamaciones, procede la aprobación definitiva, cuyo
resumen es el siguiente:
SUPLEMENTO DE CRÉDITO

Aplicación presupuestaria

Descripción

Importe

291/93200/82120

Anticipos reintegrables para las EELL

291/93200/62900

Adquisición de radares fijos y móviles

619.824,15 €

291/93200/64100

Gastos en aplicaciones informáticas

250.000,00 €

Total:

5.500.000,00 €

6.369.824,15 €
FINANCIACIÓN

Aplicación presupuestaria
291/87000

Descripción
Remanente de Tesorería para gastos generales
Total:

Importe
6.369.824,15 €
6.369.824,15 €

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos, haciéndose saber a los interesados, que contra
el acuerdo de aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido por el artículo 179.4 en relación con los artículos 169.1 y 171 del
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en relación con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1988, de 13
de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan
interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
En Badajoz, a 15 de abril de 2021.- El Vicepresidente y Diputado Delegado del OAR, (Decreto 5/7/2019, BOP 8/7/2019),
Saturnino Alcázar Vaquerizo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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