Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Zarza. (1628/2021)
Notificación de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes
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Ayuntamiento de La Zarza

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Zarza
La Zarza (Badajoz)
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Notificación de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes

NOTIFICACIÓN EDICTO APERTURA DE EXPEDIENTE
Que habiéndose presentado escrito de solicitud, con fecha de entrada en los Registros Municipales de este Ayuntamiento el
día 29 de enero de 2021, por parte de don Mauro González Cerro, con DNI número *****557-D, en el que por motivos de
que habiendo tenido alquilada una vivienda de su propiedad, sita en la c/ Reyes Huertas, número 9, de La Zarza, siendo la
siguiente persona:
- Don Francisco José Moreno del Río, con DNI número *****672-L.
Que hallándose empadronado en el mencionado domicilio don Francisco José Moreno del Río y que ya no viviendo en el
mismo, desde hace un tiempo, ha solicitado de este Ayuntamiento que se proceda de oficio a darle de baja en el Padrón
Municipal de Habitantes de este municipio.
Que siendo los motivos legales para dar de baja al mencionado, los descritos en la resolución de 16 de marzo de 2015, de la
Subsecretaría, por la que se publica la resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de
Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades
Locales, sobre instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre gestión del Padrón Municipal, que en su artículo 1.1 y 4
referente a las consideraciones generales, establece lo siguiente:
1.- El Padrón Municipal es el Registro Administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos
constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones
que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos
administrativos.
2.- Cuando una persona cambie de residencia deberá solicitar por escrito su alta en el Padrón del Municipio
de destino comunicando en la solicitud el municipio o país de procedencia. En caso de desconocer el
municipio de su anterior inscripción padronal lo hará constar así.
Asimismo, en el caso de cambiar de domicilio en el municipio o cualesquiera otros datos de la inscripción
padronal, deberá solicitar por escrito su modificación.
Que en este supuesto, es de aplicación la siguiente legislación:
El artículo 5.2.4, de la mencionada orden, que establece lo siguiente:
- Baja por inscripción indebida:
Las bajas por inscripción indebidas podrán ser consecuencia de un expediente de baja de oficio.
El artículo 5.2.4.1, de la mencionada orden, que establece lo siguiente para las bajas de oficio:
Según establecen los artículos 72 y 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial
de las Entidades Locales, en la nueva redacción dada mediante RD 2612/1996, de 20 de
diciembre, en resumen establece que el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción
indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en esta
legislación y previa audiencia al interesado.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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