Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Leganés. (1627/2021)
Bases y convocatoria para cubrir una plaza de Agente de la Policía Local mediante sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Valverde de Leganés

Anuncio 1627/2021

Para la valoración de las pruebas psicotécnicas, físicas y médicas se requerirán los servicios de personal especializado,
designados por el tribunal calificador. Estas pruebas se calificarán por el Tribunal como apto o no apto, conforme a lo
establecido en la base séptima.
La prueba práctica se valorará de 0 a 10 puntos, necesitando un mínimo de 5 puntos para superarla. La determinación de la
calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total
por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva, eliminándose, en todo caso, las
puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 2 puntos.
Las sumas de puntuaciones alcanzadas, por cada aspirante aprobado en la fase de oposición determinarán el orden de la
clasificación definitiva.
Serán seleccionados los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación sin que puedan superar el número de
aprobados el de las plazas objeto de esta convocatoria.
En caso de empate de los aspirantes, el Tribunal seleccionará al aspirante que mayor puntuación haya obtenido en la
prueba práctica. De persistir el empate se decidirá por quien mejor puntuación o mayor número de respuestas correctas
haya obtenido en la prueba de conocimientos tipo test. De seguir persistiendo el empate se resolverá por sorteo según
orden alfabético: primer apellido, segundo apellido y nombre. Se empezará por la letra "M", según la resolución de 26 de
febrero de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se da publicidad al resultado del sorteo público que
ha de determinar el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el
año 2021.
Novena.- Relación de aprobados/as y presentación de documentos.
1. Relación de aprobado: Terminada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio en el tablón
electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Valverde de Mérida (http://sede.valverdedemerida.es) que contendrá
el aspirante seleccionado elevando propuesta de nombramiento, al Sr Alcalde-Presidente.
2. Presentación de documentos: El aspirante propuesto para su nombramiento estará obligado a presentar, dentro del plazo
de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados/as, todos los documentos
acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria, excepto aquellos documentos que ya
hayan sido presentados previamente.
Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no podrán ser nombrados y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.
Para dicho caso, el señor Alcalde efectuará el nombramiento a favor del aspirante que, habiendo superado la totalidad de
los ejercicios de la oposición, siguiera en puntuación al inicialmente propuesto y tuviera cabida en el número de plaza
convocada a consecuencia de la referida anulación, aplicándose en caso de empate entre aspirantes las normas establecidas
en la base 8.
Quienes tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento, debiendo en este caso presentar certificación del Ministerio,
Corporación u organismo público de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja
de servicio.
Décima.- Nombramiento como funcionarios/as en prácticas.
1. Una vez acreditados los requisitos establecidos por la convocatoria, el señor Alcalde-Presidente nombrará al seleccionado
por el turno libre, funcionario en prácticas y percibirán, con cargo a la Corporación, las retribuciones que le correspondan.
En todo caso, este nombramiento se otorgará al inicio del curso selectivo para el ingreso en el cuerpo de la Policía Local y
durará hasta la toma de posesión como funcionarios/as de carrera.
2. Durante el nombramiento como funcionario en prácticas de esta entidad local tendrán los derechos y obligaciones
inherentes a tal situación.
Undécima.- Curso selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local.
1. Curso selectivo: Finalizada la fase de oposición, será requisito indispensable superar un curso selectivo en la Academia de
Seguridad Pública de Extremadura, que comprende un periodo de formación en la propia Academia y un periodo de
prácticas en este municipio, cuya duración, contenido y desarrollo serán determinados por la Consejería competente en
materia de coordinación de Policías Locales, a propuesta de la Dirección de la Academia de la Seguridad Pública y previo
informe de la Comisión de Coordinación de la Policía Local de Extremadura.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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