Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aljucén. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (1503/2021)
Aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora del uso y mantenimiento de los caminos públicos rurales de titularidad del municipio del Ayuntamiento de Aljucén
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Aljucén
Anuncio 1503/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Aljucén
Aljucén (Badajoz)
Anuncio 1503/2021
Aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora del uso y mantenimiento de los caminos públicos rurales de
titularidad del municipio del Ayuntamiento de Aljucén
Aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora del uso y mantenimiento de los caminos públicos rurales de
titularidad del municipio del Ayuntamiento de Aljucén
Acuerdo del Pleno de fecha 26 de marzo de 2021, del Ayuntamiento de Aljucén por el que se aprueba inicialmente la
Ordenanza municipal reguladora del uso y mantenimiento de los caminos públicos rurales de titularidad del municipio del
Ayuntamiento.
Aprobada inicialmente la Ordenanza municipal reguladora del uso y mantenimiento de los caminos públicos rurales de
titularidad del municipio del Ayuntamiento de Aljucén, por acuerdo del Pleno de fecha 26 de marzo de 2021, de conformidad
con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto
Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la
inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones
que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de
aprobación de la mencionada Ordenanza.
En Aljucén, a 6 de abril de 2021.- El Alcalde-Presidente, José Antonio Carmona González.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3
Anuncio 1503/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Aljucén
Aljucén (Badajoz)
Anuncio 1503/2021
Aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora del uso y mantenimiento de los caminos públicos rurales de
titularidad del municipio del Ayuntamiento de Aljucén
Aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora del uso y mantenimiento de los caminos públicos rurales de
titularidad del municipio del Ayuntamiento de Aljucén
Acuerdo del Pleno de fecha 26 de marzo de 2021, del Ayuntamiento de Aljucén por el que se aprueba inicialmente la
Ordenanza municipal reguladora del uso y mantenimiento de los caminos públicos rurales de titularidad del municipio del
Ayuntamiento.
Aprobada inicialmente la Ordenanza municipal reguladora del uso y mantenimiento de los caminos públicos rurales de
titularidad del municipio del Ayuntamiento de Aljucén, por acuerdo del Pleno de fecha 26 de marzo de 2021, de conformidad
con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto
Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la
inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones
que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de
aprobación de la mencionada Ordenanza.
En Aljucén, a 6 de abril de 2021.- El Alcalde-Presidente, José Antonio Carmona González.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3