Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagonzalo. (1396/2021)
Aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad con movilidad reducida y creación y reserva de plazas de aparcamiento para vehículos de los titulares
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Ayuntamiento de Villagonzalo

Anuncio 1396/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villagonzalo
Villagonzalo (Badajoz)
Anuncio 1396/2021
Aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con
discapacidad con movilidad reducida y creación y reserva de plazas de aparcamiento para vehículos de los titulares

Expediente número: 73/2021
Anuncio aprobación inicial Ordenanza y derogación Ordenanza anterior.
Procedimiento: Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que
presenten movilidad reducida y de la creación y reserva de plazas de aparcamiento en la vía pública para los vehículos de las
personas titulares de la tarjeta.

El Pleno del Ayuntamiento de Villagonzalo, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de marzo de 2021, acordó la aprobación
inicial de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que
presenten movilidad reducida y de la creación y reserva de plazas de aparcamiento en la vía pública para los vehículos de las
personas titulares de la tarjeta y la derogación de la anterior Ordenanza municipal reguladora de la expedición de tarjetas
de aparcamiento para personas con discapacidad y movilidad reducida publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
número 79 de fecha 27 de abril de 2017.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, se somete el expediente a información pública y audiencia a los interesados, por plazo de treinta (30) días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en
el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, dentro de los cuales podrán examinar el expediente y presentar las
reclamaciones y alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Consistorio, cuya dirección es:
[https://ayuntamientodevillagonzalo.sedelectronica.es]
Caso de presentarse reclamaciones, éstas se resolverán por el Pleno. Si durante el citado plazo no se presentasen
alegaciones, el presente acuerdo de aprobación inicial de la mencionada Ordenanza y derogación de la Ordenanza anterior
será elevado a definitivo, sin necesidad de acuerdo plenario expreso.
En Villagonzalo, a 29 de marzo de 2021.- El Alcalde-Presidente, José Luis Marín Barrero.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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