Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (1325/2021)
Publicación de la dirección electrónica de la sede electrónica del Ayuntamiento de Risco
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Área de Transformación Digital y Turismo
Anuncio 1325/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Transformación Digital y Turismo
Badajoz
Anuncio 1325/2021
Publicación de la dirección electrónica de la sede electrónica del Ayuntamiento de Risco
PUBLICACIÓN DE LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DE LA SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE RISCO
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 38 define la sede electrónica como
"aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad
corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el
ejercicio de sus competencias."
Así mismo, el artículo 13 de de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración
local, señala en su apartado g) los servicios de administración electrónica como competencia propia de las Diputaciones
Provinciales.
En sesión Plenaria del Ayuntamiento de Risco de fecha 20 de enero de 2015 se aprobó el anuncio 5979, BOP n.º 133, de 14
de julio de 2008 publicado por la Vicepresidencia de Diputación de Badajoz, en cuya disposición adicional segunda se
habilitaba al Área de Transformación Digital y Turismo de Diputación de Badajoz para que "en nombre y en lugar de esta
entidad local y de los organismos y entes desconcentrados o descentralizados de la misma, realice y lleve a cabo cuantas
actuaciones sean precisas para la implantación de la administración electrónica en la misma, incluyendo entre estas las
solicitudes y recepción de certificados de sedes electrónicas, sellos electrónicos, certificados de empleados públicos de las
mismas y cualesquiera otros similares que contribuyan a facilitar la plena operatividad de la administración electrónica en la
entidad".
Del mismo modo, la disposición adicional tercera habilita al Área de Transformación Digital y Turismo de Diputación de
Badajoz para la administración y gestión de la sede electrónica y los servicios electrónicos de la entidad local.
La Diputación de Badajoz, con el interés claro, y dentro de sus competencias descritas anteriormente, de asistir y asesorar
jurídica, económica y técnicamente a las entidades locales de su territorio y con el fin de proporcionar a las mismas los
certificados de sede electrónica y sello electrónico, redacta el presente anuncio conteniendo las entidades locales que a
fecha de hoy han aprobado la creación de su sede electrónica, la fecha de aprobación y la dirección de las mismas.
Entidad
Acuerdo Pleno
Sede electrónica
Ayuntamiento de Risco
20.01.2015
https://sede.risco.es
Badajoz, a 24 de marzo de 2021.- El Director del Área, Jaime Gragera Rodríguez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Transformación Digital y Turismo
Badajoz
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Publicación de la dirección electrónica de la sede electrónica del Ayuntamiento de Risco
PUBLICACIÓN DE LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DE LA SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE RISCO
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 38 define la sede electrónica como
"aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad
corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el
ejercicio de sus competencias."
Así mismo, el artículo 13 de de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración
local, señala en su apartado g) los servicios de administración electrónica como competencia propia de las Diputaciones
Provinciales.
En sesión Plenaria del Ayuntamiento de Risco de fecha 20 de enero de 2015 se aprobó el anuncio 5979, BOP n.º 133, de 14
de julio de 2008 publicado por la Vicepresidencia de Diputación de Badajoz, en cuya disposición adicional segunda se
habilitaba al Área de Transformación Digital y Turismo de Diputación de Badajoz para que "en nombre y en lugar de esta
entidad local y de los organismos y entes desconcentrados o descentralizados de la misma, realice y lleve a cabo cuantas
actuaciones sean precisas para la implantación de la administración electrónica en la misma, incluyendo entre estas las
solicitudes y recepción de certificados de sedes electrónicas, sellos electrónicos, certificados de empleados públicos de las
mismas y cualesquiera otros similares que contribuyan a facilitar la plena operatividad de la administración electrónica en la
entidad".
Del mismo modo, la disposición adicional tercera habilita al Área de Transformación Digital y Turismo de Diputación de
Badajoz para la administración y gestión de la sede electrónica y los servicios electrónicos de la entidad local.
La Diputación de Badajoz, con el interés claro, y dentro de sus competencias descritas anteriormente, de asistir y asesorar
jurídica, económica y técnicamente a las entidades locales de su territorio y con el fin de proporcionar a las mismas los
certificados de sede electrónica y sello electrónico, redacta el presente anuncio conteniendo las entidades locales que a
fecha de hoy han aprobado la creación de su sede electrónica, la fecha de aprobación y la dirección de las mismas.
Entidad
Acuerdo Pleno
Sede electrónica
Ayuntamiento de Risco
20.01.2015
https://sede.risco.es
Badajoz, a 24 de marzo de 2021.- El Director del Área, Jaime Gragera Rodríguez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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