Administración de Justicia. Juzgados. Juzgados de lo Social. Juzgado de lo Social Número 1 (Badajoz). (1307/2021)
Notificación ejecución de títulos judiciales 42/2021
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Juzgado de lo Social Número 1
Anuncio 1307/2021
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADOS
Juzgados de lo Social
Juzgado de lo Social Número 1
Badajoz
Anuncio 1307/2021
Notificación ejecución de títulos judiciales 42/2021
NIG: 06015 44 4 2020 0001662.
ETJ Ejecución de títulos judiciales 0000042/2021.
Procedimiento origen: DSP despido/ceses en general 0000403/2020.
Sobre despido.
Demandante: Don Víctor Javier de los Santos Almeida.
Abogado: Don Joaquín Luis María Ramos.
Demandado/s: Carpintería Metálica y Aluminios Salas, S.L.
Don José María Hidalgo Esperilla, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Badajoz,
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 42/2021 de este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancia de don Víctor Javier de los Santos Almeida contra la empresa Carpintería Metálica y Aluminios Salas S.L., sobre
despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo la extinción de la relación laboral que une a don Víctor Javier de los Santos Almeida frente a la empresa Carpintería
Metálica y Aluminios Salas S.L., con fecha de 23-3-2021, condenando a la empresa ejecutada a abonar al trabajador
ejecutante la cantidad de 2.796,83 euros en concepto de indemnización por la extinción del contrato, y a que abone
asimismo al trabajador ejecutante la cantidad de 14.916,44 euros por todos los salarios de tramitación que abarcan desde
la fecha efectiva del despido hasta la fecha de la presente resolución judicial.
Respecto al pronunciamiento de condena contenido en el fallo de la sentencia de que se abone a la parte actora la cantidad
total de 2.786,18 euros, por los conceptos que se señalan en el fundamento de derecho cuarto, más los intereses moratorios
en la forma dicha en el fundamento de derecho quinto, su ejecución ha de proseguirse por los trámites de la ejecución de
sentencias de condena a abonar cantidades dinerarias conforme a lo dispuesto en los capítulos I y II del Libro cuarto de la
LRJS.
Notifíquese la presente resolución a las partes. Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de
reposición en el plazo de tres días a contar desde la fecha de notificación, mediante escrito que se ha de presentar en este
Juzgado de conformidad con el art. 187 Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Líbrese y únase certificación de la presente resolución a los autos de su razón con inclusión del original a los Libros
correspondientes de este Juzgado.
Así lo acuerda y firma el Juez don Juan Antonio Boza Romero; doy fe.
Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado; doy fe.
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse
a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la
intimidad, a los derechos de las personas que requirieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las
víctimas o perjuicio, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes, ex
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales."
Y para que sirva de notificación en legal forma a Carpintería Metálica y Aluminios Salas S.L., en ignorado paradero, expido la
presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el
tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma
de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Juzgados de lo Social
Juzgado de lo Social Número 1
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NIG: 06015 44 4 2020 0001662.
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Procedimiento origen: DSP despido/ceses en general 0000403/2020.
Sobre despido.
Demandante: Don Víctor Javier de los Santos Almeida.
Abogado: Don Joaquín Luis María Ramos.
Demandado/s: Carpintería Metálica y Aluminios Salas, S.L.
Don José María Hidalgo Esperilla, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Badajoz,
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 42/2021 de este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancia de don Víctor Javier de los Santos Almeida contra la empresa Carpintería Metálica y Aluminios Salas S.L., sobre
despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo la extinción de la relación laboral que une a don Víctor Javier de los Santos Almeida frente a la empresa Carpintería
Metálica y Aluminios Salas S.L., con fecha de 23-3-2021, condenando a la empresa ejecutada a abonar al trabajador
ejecutante la cantidad de 2.796,83 euros en concepto de indemnización por la extinción del contrato, y a que abone
asimismo al trabajador ejecutante la cantidad de 14.916,44 euros por todos los salarios de tramitación que abarcan desde
la fecha efectiva del despido hasta la fecha de la presente resolución judicial.
Respecto al pronunciamiento de condena contenido en el fallo de la sentencia de que se abone a la parte actora la cantidad
total de 2.786,18 euros, por los conceptos que se señalan en el fundamento de derecho cuarto, más los intereses moratorios
en la forma dicha en el fundamento de derecho quinto, su ejecución ha de proseguirse por los trámites de la ejecución de
sentencias de condena a abonar cantidades dinerarias conforme a lo dispuesto en los capítulos I y II del Libro cuarto de la
LRJS.
Notifíquese la presente resolución a las partes. Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de
reposición en el plazo de tres días a contar desde la fecha de notificación, mediante escrito que se ha de presentar en este
Juzgado de conformidad con el art. 187 Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Líbrese y únase certificación de la presente resolución a los autos de su razón con inclusión del original a los Libros
correspondientes de este Juzgado.
Así lo acuerda y firma el Juez don Juan Antonio Boza Romero; doy fe.
Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado; doy fe.
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse
a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la
intimidad, a los derechos de las personas que requirieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las
víctimas o perjuicio, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes, ex
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales."
Y para que sirva de notificación en legal forma a Carpintería Metálica y Aluminios Salas S.L., en ignorado paradero, expido la
presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el
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de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
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