Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagonzalo. Seguridad Ciudadana y Tráfico (Mérida). (1287/2021)
Aprobación definitiva de la imposición y ordenación de las contribuciones especiales para la financiación de la aportación municipal a la obra AEPSA 2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villagonzalo
Denominación vía
afecta a
contribución especial
Anuncio 1287/2021
N.º
de
gobierno
informe
Policía
Local
Situación
inmueble
certificación
catastral
N.º
de
gobierno
inmueble
catastro
Titular catastral
DNI / CIF
Total:
Metros
lineales
fachada
Cuota
tributaria
(euros)
Cuota
a
satisfacer
(euros)
238,80 14.454,57
7.604,45
Una vez finalizada la realización total o parcial de las obras, se procederá a señalar los sujetos pasivos, la base
y las cuotas individualizadas definitivas, girando las liquidaciones que procedan y compensando como
entrega a cuenta los pagos anticipados que se hubieran efectuado.
Cuarto.- Exponer y publicar el presente acuerdo provisional, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y
en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, durante un plazo de treinta (30) días hábiles, dentro de los
cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para
que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, el citado anuncio estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento: [http://ayuntamientodevillagonzalo.sedelectronica.es].
Durante dicho período los propietarios o titulares afectados podrán constituirse en Asociación Administrativa
de Contribuyentes, según lo dispuesto en el artículo 36.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
Caso de presentarse reclamaciones, éstas se resolverán por el Pleno. Si durante dicho plazo no se presentan
alegaciones, este acuerdo provisional será elevado a definitivo, sin necesidad de acuerdo plenario expreso,
notificándose individualmente las cuotas a satisfacer a cada sujeto pasivo.
Quinto.- Publicar el acuerdo definitivo en el Boletín Oficial de la Provincia."
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
contra el presente acuerdo, se podrá interponer por parte de los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante
el Tribunal Superior de Justifica de Extremadura.
En Villagonzalo, a 24 de marzo de 2021.- El Alcalde-Presidente, José Luis Marín Barrero.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Denominación vía
afecta a
contribución especial
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de
gobierno
informe
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Local
Situación
inmueble
certificación
catastral
N.º
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gobierno
inmueble
catastro
Titular catastral
DNI / CIF
Total:
Metros
lineales
fachada
Cuota
tributaria
(euros)
Cuota
a
satisfacer
(euros)
238,80 14.454,57
7.604,45
Una vez finalizada la realización total o parcial de las obras, se procederá a señalar los sujetos pasivos, la base
y las cuotas individualizadas definitivas, girando las liquidaciones que procedan y compensando como
entrega a cuenta los pagos anticipados que se hubieran efectuado.
Cuarto.- Exponer y publicar el presente acuerdo provisional, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y
en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, durante un plazo de treinta (30) días hábiles, dentro de los
cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para
que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, el citado anuncio estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento: [http://ayuntamientodevillagonzalo.sedelectronica.es].
Durante dicho período los propietarios o titulares afectados podrán constituirse en Asociación Administrativa
de Contribuyentes, según lo dispuesto en el artículo 36.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
Caso de presentarse reclamaciones, éstas se resolverán por el Pleno. Si durante dicho plazo no se presentan
alegaciones, este acuerdo provisional será elevado a definitivo, sin necesidad de acuerdo plenario expreso,
notificándose individualmente las cuotas a satisfacer a cada sujeto pasivo.
Quinto.- Publicar el acuerdo definitivo en el Boletín Oficial de la Provincia."
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
contra el presente acuerdo, se podrá interponer por parte de los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante
el Tribunal Superior de Justifica de Extremadura.
En Villagonzalo, a 24 de marzo de 2021.- El Alcalde-Presidente, José Luis Marín Barrero.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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