Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagonzalo. Seguridad Ciudadana y Tráfico (Mérida). (1287/2021)
Aprobación definitiva de la imposición y ordenación de las contribuciones especiales para la financiación de la aportación municipal a la obra AEPSA 2020
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Ayuntamiento de Villagonzalo

Anuncio 1287/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villagonzalo
Villagonzalo (Badajoz)
Anuncio 1287/2021
Aprobación definitiva de la imposición y ordenación de las contribuciones especiales para la financiación de la aportación
municipal a la obra AEPSA 2020

Expediente n.º: 270/2020.
Anuncio BOP: Aprobación definitiva imposición y ordenación contribuciones especiales financiación aportación municipal
obra Programa Garantía de Rentas AEPSA 2020 "Reforma calle Duque de Ahumada y tramo plaza de España y calle Pocillo".
Procedimiento: Imposición y ordenación contribuciones especiales obra Programa Garantía de Rentas AEPSA 2020 "Reforma
calle Duque de Ahumada y tramo plaza de España y calle Pocillo".

Al no haberse presentado reclamaciones durante el periodo de exposición al público del expediente, previo anuncio
publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 24 del día 5 de febrero de 2021, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento adoptado en sesión ordinaria de fecha 24 de septiembre de 2020, por
el que se aprueba la imposición y ordenación de contribuciones especiales para la financiación de la aportación municipal a
la obra del Programa de Fomento del Empleo Agrario "Garantía de Rentas" AEPSA 2020, denominada "Reforma calle Duque
de Ahumada y tramo plaza de España y calle Pocillo", cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales:
"Visto que, por acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria del Pleno de esta Corporación de fecha 9 de
julio de 2020, se aprobó el proyecto correspondiente al Programa de Fomento del Empleo Agrario "Garantía
de Rentas" (AEPSA) 2020, redactado por la arquitecta técnica municipal, doña María Ángeles García Amador,
ascendiendo el presupuesto de ejecución material, IVA no incluido a setenta y ocho mil doscientos cincuenta y
seis euros con cincuenta y cuatro céntimos (78.256,54 euros), correspondiendo 50.712,24 euros a mano de
obra, 24.555,36 euros, IVA no incluido, a materiales y 2.988,94 euros, IVA no incluido, a maquinaria,
ascendiendo su importe total a 84.040,84 euros, IVA incluido.
Visto el expediente incoado por este Ayuntamiento para la imposición y ordenación de contribuciones
especiales para la financiación de la aportación municipal correspondiente a la obra del Programa de Garantía
de Rentas "AEPSA 2020", denominada "Reforma calle Duque de Ahumada y tramo plaza de España y calle
Pocillo", expediente 0615120BC01.
Visto el informe de Secretaría y el informe técnico-económico elaborado por la Alcaldía, del que se deduce
que el coste total soportado de la obra por este Ayuntamiento asciende a 22.896,54 euros y que la cantidad
máxima a repartir entre los beneficiarios asciende a 20.606,89 euros, equivalente al 90,00% del citado coste
soportado.
Considerando que, el módulo de reparto a utilizar son los metros lineales de fachada, en los términos
establecidos en el artículo 10.2 y 3 de la Ordenanza general de contribuciones especiales de este
Ayuntamiento, y, siendo, de conformidad con las mediciones efectuadas por la Policía Local, el número de
metros lineales de fachada afectados por la obra de 238,80 metros lineales.
Visto que, según se propone por la Alcaldía la base imponible estará constituida por el 63,13% del coste que
este Ayuntamiento soporta por la realización de la obra, estableciéndose un límite máximo por inmueble de
975,00 euros.
Vista la relación de sujetos pasivos y la cuota tributaria a satisfacer.
Visto que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el coste total
presupuestado de las obras o servicios tendrá carácter de mera previsión. Si el coste real fuese mayor o
menor que el previsto, se tomará aquél a efectos del cálculo de las cuotas correspondientes.
Visto lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en la Ordenanza general de contribuciones
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