Administración de Justicia. Juzgados. Juzgados de lo Social. Juzgado de lo Social Número 1 (Badajoz). (1251/2021)
Notificación despido/ceses en general 561/2019
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Juzgado de lo Social Número 1

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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADOS
Juzgados de lo Social
Juzgado de lo Social Número 1
Badajoz
Anuncio 1251/2021
Notificación despido/ceses en general 561/2019

NIG: 06015 44 4 2019 0002265.
DSP despido/ceses en general 0000561/2019.
Procedimiento origen: PO Procedimiento Ordinario 0000561/2019.
Sobre despido.
Demandante: Don José Luis Martín Ortiz.
Abogada: Silvia Fernández Perea.
Demandado: Empresa José Miguel Jara Lavado.

Don José María Hidalgo Esperilla, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Badajoz,
Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general 0000561/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de don José Luis Martín Ortiz contra Empresa José Miguel Jara Lavado sobre despido, se ha dictado la siguiente
sentencia n.º 335 de fecha 30 de noviembre de 2020:
"Estimo sustancialmente la demanda presentada por don José Luis Martín Ortiz contra la Empresa José Miguel Jara Lavado.
Por ello, previa declaración de improcedencia del despido practicado, condeno a la empresa demandada a que, a su opción,
readmita al trabajador despedido en las mismas condiciones vigentes con anterioridad al despido y al abono de los salarios
de tramitación desde la fecha del despido (2 de julio de 2019) hasta la fecha de la notificación de la sentencia a razón de
44,36 euros diarios (incluida p.p. extras) o le indemnice con la cantidad de 3.781,69 euros.
La expresada opción deberá efectuarse, por escrito o comparecencia en el Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes a
la notificación de la sentencia. Caso de no efectuarse en tiempo y forma se entenderá que opta por readmitir al trabajador
demandante.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: Se advierte a las partes que contra la presente resolución podrán interponer recurso de suplicación
ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la
Oficina judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el
momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario
del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que
deberá depositar la cantidad de 300,00 euros en la cuenta abierta en a nombre de esta Oficina judicial con el núm. 0337
0000 65 0561 19, debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguido del código "34 Social Suplicación", acreditando
mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como;
en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta de depósitos y
consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por
dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina judicial con
el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de
anunciarlo."
Y para que sirva de notificación en legal forma a José Miguel Jara Lavado, en ignorado paradero, expido el presente para su
inserción en el Boletín Oficial de la provincia de Badajoz.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el
tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma
de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Badajoz, a veintidós de marzo de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, José María Hidalgo
Esperilla.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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