Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1239/2021)
Aprobación definitiva de la modificación del pliego de condiciones económico-administrativas para la adjudicación de parcelas de la finca "El Prado"
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Ayuntamiento de Medellín

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Medellín (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la modificación del pliego de condiciones económico-administrativas para la adjudicación de
parcelas de la finca "El Prado"

Transcurrido el periodo de exposición pública de la aprobación de modificación de pliego de condiciones económicoadministrativas para adjudicación de parcelas de la finca «El Prado» y huertos en Yelbes, publicado anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia n.º 28 de fecha 11 de febrero de 2021, durante cuyo periodo de exposición no se han formulado
reclamaciones o sugerencias, queda elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de fecha 21 de
enero de 2021, en los términos que a continuación se transcriben, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del
artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
MODIFICACIÓN DE PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARA ADJUDICACIÓN DE PARCELAS DE LA
FINCA «EL PRADO» Y HUERTOS EN YELBES
En relación con la cláusula primera del pliego la propuesta es establecer contratos de 6 años en armonía con el
mercado privado reduciendo así el periodo de los contratos y establecer que el periodo de contratación de las
segundas parcelas sea para dos años.
Además, añadir dentro del apartado A) Ser cabeza de familia con cargas familiares, o situaciones asimiladas
Respecto a la cláusula 3.º el apartado b) se propone que la redacción quede en estos términos "Los solteros que
ostenten la condición de joven agricultor, habiendo realizado el curso de incorporación a la empresa agraria, y que
acrediten ser agricultor a título principal "evitando así los problemas que se vienen produciendo por la redacción
actual.
La modificación que se propone para la cláusula 4.º es añadir la letra "I) Queda obligados los adjudicatarios a
presentar el PAC en las oficinas del Ayuntamiento antes del día 15 de junio de cada ejercicio a nombre del titular de
la parcela."

- CLÁUSULA ESPECIAL DE SANCIÓN Y PENALIZACIÓN.
2.º.- Los adjudicatarios que no presenten el PAC antes del día 15 de junio, serán sancionados con
penalizaciones de 300,00 euros por parcela manteniendo la obligación de presentar el PAC en los tres días
hábiles siguientes a contar desde la notificación de la sanción.
En caso de incumplirse este plazo se procederá a la retirada de la parcela no pudiendo concurrir a futuros
sorteos en los dos años siguientes a la imposición de la sanción.
3.º.- Para aquellos arrendatarios que ocupen parcelas libres que no les han sido adjudicadas se establece una
sanción del doble del canon de arrendamiento.
En Medellín, a 22 de marzo de 2021.- El Alcalde-Presidente, Valentín Pozo Torres.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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