Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (1181/2021)
Anuncio de cobranza y de exposición pública de padrones de tasas y otros conceptos
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria

Anuncio 1181/2021

Teléfono de atención al contribuyente en 924 21 07 00.
Oficina virtual: https://oar.dip-badajoz.es/ si dispone de DNI electrónico o firma digital.
Para trámites presenciales en cualquiera de nuestras oficinas será necesaria la solicitud de cita previa en el teléfono gratuito
900 21 07 21.

OFICINA

CALLE

Almendralejo

Tr. calle Mérida, 1

Azuaga

Pz. Merced, 1, Edificio del Ayuntamiento

Badajoz

C/ Padre Tomás, 6

Castuera

C/ Trujillo, 22

Don Benito

C/ Jerte, 7

Fregenal de la Sierra

C/ Barriada Caja Rural, 17 Bis

Fuente de Cantos

C/ Santa Teresa, 4

Herrera del Duque

C/ Cíjara, 39

Jerez de los Caballeros

Pz. Santiago, s/n

Llerena

C/ Cárcel, 11

Mérida

C/ Almendralejo, 33 A

Montijo

C/ Juan Pablo II, esquina María Pino

Olivenza

C/ Rusia, s/n

Talarrubias

C/ José López Ledesma, s/n

Villafranca de los Barros

C/ Príncipe Felipe, s/n

Villanueva de la Serena

C/ Tierra de Barros, 5

Zafra

Pz. V Centenario, s/n

Se recomienda hacer uso de la modalidad de domiciliación de pago, a través de las entidades bancarias y de las cajas de
ahorros, de conformidad con las normas señaladas en el artículo 38 del citado Reglamento General de Recaudación.
Se comunica a los contribuyentes que tengan domiciliados sus pagos, que el adeudo de los mismos se efectuará a partir del
29 de marzo próximo.
Se hace asimismo la advertencia que transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, se iniciará el periodo ejecutivo,
que determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo y, en su caso, de las costas
del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.
Lo que se comunica para dar cumplimiento al artículo 24 del vigente Reglamento General de Recaudación.
B) Exposición pública de padrones.
Se pone en conocimiento de todos los interesados que los padrones del tasas y otros conceptos de los municipios que se
relacionan a continuación, aprobados por acuerdo de la Jefatura del Servicio de Gestión Tributaria y Catastral de fecha 15 de
marzo de 2021, quedarán expuestos al públicodurante 1 mes a partir del primer día de pago, en el Organismo Autónomo de
Recaudación (OAR), en las Oficinas Comarcales de Recaudación de este Organismo y en el Excmo. Ayuntamiento del término
municipal correspondiente. Mediante la exposición pública de padrones, se procede a notificar colectivamente las
liquidaciones tributarias contenidas en los mismos, al amparo de lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
Contra la exposición pública de los padrones y de las liquidaciones en ellos incorporadas (salvo las relativas al ayuntamiento
de Mérida), solo podrá interponerse el Recurso de Reposición ante la Jefatura del Servicio de Gestión Tributaria del
Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación Provincial de Badajoz dentro del plazo de un mes que comenzará a
contarse a partir del día siguiente a la finalización del periodo de exposición pública de los correspondientes padrones.
Contra la resolución de este, podrá interponer Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contenciosoadministrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa del
recurso de reposición o en los seis meses siguientes al día en que deba entenderse desestimado el recurso por el silencio
administrativo en virtud de su regulación específica (artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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