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Aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas discapacitadas que presenten movilidad reducida y derogación de la ordenanza anterior
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Ayuntamiento de Esparragalejo

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Ayuntamiento de Esparragalejo
Esparragalejo (Badajoz)
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Aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas discapacitadas
que presenten movilidad reducida y derogación de la ordenanza anterior

APROBACIÓN INICIAL ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE PRESENTE MOVILIDAD REDUCIDA Y DEROGACION DE LA ORDENANZA ANTERIOR
El Pleno del Ayuntamiento de Esparragalejo, en sesión extraordinaria celebrada el día 11 de marzo de 2021, acordó la
aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad
que presenten movilidad reducida, y la derogación de la anterior Ordenanza municipal reguladora de las tarjetas de
estacionamiento para personas con discapacidad publicada en el BOP n.º 210 de fecha 3 de noviembre de 2004.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública
por el plazo de treinta (30) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de
la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones o alegaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la nueva Ordenanza estará a disposición de los
interesados en el portal web de este Ayuntamiento [http://www.esparragalejo.es/].
En el caso de no presentarse reclamaciones ni alegaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el
acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza y derogación de la ordenanza anterior.
En Esparragalejo, a 12 de marzo de 2021.- El Alcalde, Francisco José Pajuelo Sánchez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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