Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. (1108/2021)
Bases de la convocatoria para cubrir, como personal laboral, un puesto de Agente de Empleo y Desarrollo Local en el Ayuntamiento de Don Benito
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 1108/2021
Sr. Alcalde Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito.
___________
ANEXO II
CRITERIOS DE BAREMACIÓN
EXPERIENCIA LABORAL
En caso de presentarse contratos de trabajo a tiempo parcial, se tendrá en cuenta la jornada efectivamente trabajada
en la proporción que se haya realizado.
La puntuación máxima en este apartado será de: 3 puntos.
MÉRITOS
PUNTOS
Por servicios prestados
cualquier Administración
Pública, en puestos de trabajo
de Agente de Empleo y
Desarrollo Local, con
independencia de que se
hubiesen prestado bajo
régimen estatutario,
funcionarial o laboral.
0,40 puntos por cada año
completo de servicios,
computándose
proporcionalmente los períodos
inferiores por meses, o en su caso
por días. A estos efectos, los
meses se considerarán de 30
días.
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
Los méritos de este apartado se acreditarán
mediante la aportación de certificación
actualizada original o fotocopia.
No se podrán valorar servicios simultáneos. En
el caso de que este hecho suceda, se valorarán
los servicios que más beneficien a los
interesados.
FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Por cursos de perfeccionamiento, congresos y jornadas que complemente las competencias del empleado público, o
que se encuentren relacionados directamente con el puesto de trabajo a cubrir.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa cuando sean
varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La puntuación máxima en este apartado será de: 2 puntos.
DURACIÓN
PUNTOS
DOCUMENTOS
JUSTIFICATIVOS
0,015
Copia compulsada del
diploma de asistencia al
curso en el que figure el
nombre de la persona, en
calidad de alumno activo, o
docente, y el número de
horas de duración, o
certificado de la entidad
organizadora.
Por cada 10 horas de formación específica tanto impartida como recibida:
(Cursos de perfeccionamiento, Congresos, y Jornadas) incluidos en los
planes de formación continua de las Administraciones Públicas, o cursos de
Organismos Públicos o Entidades colaboradoras, públicas o privadas,
directamente relacionada con el puesto de trabajo objeto de esta
convocatoria, en el sumatorio del cálculo global, computándose
proporcionalmente las fracciones de duración inferior.
A efectos de formación, no se tendrán en cuenta las prácticas para la
obtención del curso objeto de baremación.
Si la duración viniera determinada en créditos, el equivalente será de 10
horas por cada crédito tradicional y de 25 horas por cada crédito ECT
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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___________
ANEXO II
CRITERIOS DE BAREMACIÓN
EXPERIENCIA LABORAL
En caso de presentarse contratos de trabajo a tiempo parcial, se tendrá en cuenta la jornada efectivamente trabajada
en la proporción que se haya realizado.
La puntuación máxima en este apartado será de: 3 puntos.
MÉRITOS
PUNTOS
Por servicios prestados
cualquier Administración
Pública, en puestos de trabajo
de Agente de Empleo y
Desarrollo Local, con
independencia de que se
hubiesen prestado bajo
régimen estatutario,
funcionarial o laboral.
0,40 puntos por cada año
completo de servicios,
computándose
proporcionalmente los períodos
inferiores por meses, o en su caso
por días. A estos efectos, los
meses se considerarán de 30
días.
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
Los méritos de este apartado se acreditarán
mediante la aportación de certificación
actualizada original o fotocopia.
No se podrán valorar servicios simultáneos. En
el caso de que este hecho suceda, se valorarán
los servicios que más beneficien a los
interesados.
FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Por cursos de perfeccionamiento, congresos y jornadas que complemente las competencias del empleado público, o
que se encuentren relacionados directamente con el puesto de trabajo a cubrir.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa cuando sean
varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La puntuación máxima en este apartado será de: 2 puntos.
DURACIÓN
PUNTOS
DOCUMENTOS
JUSTIFICATIVOS
0,015
Copia compulsada del
diploma de asistencia al
curso en el que figure el
nombre de la persona, en
calidad de alumno activo, o
docente, y el número de
horas de duración, o
certificado de la entidad
organizadora.
Por cada 10 horas de formación específica tanto impartida como recibida:
(Cursos de perfeccionamiento, Congresos, y Jornadas) incluidos en los
planes de formación continua de las Administraciones Públicas, o cursos de
Organismos Públicos o Entidades colaboradoras, públicas o privadas,
directamente relacionada con el puesto de trabajo objeto de esta
convocatoria, en el sumatorio del cálculo global, computándose
proporcionalmente las fracciones de duración inferior.
A efectos de formación, no se tendrán en cuenta las prácticas para la
obtención del curso objeto de baremación.
Si la duración viniera determinada en créditos, el equivalente será de 10
horas por cada crédito tradicional y de 25 horas por cada crédito ECT
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