Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (1080/2021)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la Provincia de Badajoz para la celebración durante el año 2021 de actividades deportivas
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Delegación de Cultura y Deportes

Anuncio 1080/2021

2.- Según el proyecto presentado (hasta un máximo de 35 puntos):
a) Que las actividades estén cofinanciadas con una aportación de la propia entidad solicitante
de:
Menos del 30% del presupuesto total: 0 puntos.
Del 30% al 50% del presupuesto total: 10 puntos.
Del 50,01% al 75% del presupuesto total: 12 puntos.
Más del 75% con respecto al presupuesto total: 15 puntos.
b) Que el proyecto incluya actividades de promoción del deporte de base: 3 puntos.
c) Que el proyecto incluya pruebas deportivas con al menos 5 años de tradición y arraigo
ininterrumpidos en la localidad de celebración (carreras populares, torneos, campeonatos…): 2
puntos.
d) Atendiendo a la valoración técnica de los proyectos (hasta 15 puntos), se tendrán en cuenta
los siguientes criterios:
1. Duración de los proyectos. Si el proyecto desarrollado tiene una duración mínima de
tres días: 2 punto.
2. Número de usuarios de las actividades y proyectos presentados. Si el proyecto
presentado supera los 200 participantes: 1 punto.
3. Que exista un buen estudio de antecedentes, diagnóstico de desarrollo previo y
justificación de la propuesta, adecuándose el proyecto a las necesidades de la localidad
o localidades a las que se destina o de la zona de intervención: 5 puntos.
4. Que el presupuesto presentado se ajuste a los costes de mercado actuales, tratándose
de proyectos con una viabilidad económica y rigor presupuestario, valorándose
positivamente los proyectos que contribuyan de forma racional al desarrollo económico
de la industria cultural de la provincia de Badajoz: 2 puntos.
5. Que el proyecto sea original e innovador: 1 punto.
6. Que sean proyectos que permitan un mejor desarrollo deportivo y educativo de los
ciudadanos y ciudadanas de los entornos rurales: 1 punto.
7. Que los beneficiarios estén bien identificados y cuantificados: 2 puntos.
8. Que no entren en competencia con proyectos propios de la Diputación de Badajoz: 1
punto.
3.- Según las prioridades de la Diputación de Badajoz (hasta un máximo de 20 puntos):
a) Que el proyecto presentado se desarrolle íntegramente en localidades de la provincia de
Badajoz de menos de 20.000 habitantes: 5 puntos.
b) Que en el proyecto se prioricen aquellas actuaciones relacionadas con actividades deportivas
de especial trascendencia y arraigo social para los municipios y entidades locales menores de la
provincia, con criterios de calidad y proximidad: 2 puntos.
c) Que se impulsen las infraestructuras provinciales y actividades relacionadas con el deporte,
en cuanto actividades que, cada vez en mayor proporción, generen riqueza y empleo,
favorezcan la cohesión social y potencien la imagen de una provincia atractiva, dinámica y viva,
contribuyendo al desarrollo local, la igualdad y la solidaridad: 2 punto.
d) Que se potencien iniciativas deportivas o educativas que estén relacionadas claramente con
la inclusión social de colectivos discriminados por razón de raza, origen, género, edad,
discapacidad u otras causas: 2 puntos.
e) Que se promueva claramente la participación de la mujer en la creación, desarrollo y
ejecución del proyecto: 2 puntos.
f) Que se apueste en el proyecto por la cultura deportiva y la educación como pieza
imprescindible para el avance de una sociedad y, en ese sentido, la Diputación apoyará
aquellas actividades dirigidas a la formación del alumnado que contribuyan al enriquecimiento
formativo de los ciudadanos de la provincia de Badajoz: 1 punto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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