Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1077/2021)
Convocatoria y bases para la creación de una bolsa de empleo de cuidadoras de personas en instituciones sociales
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Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara

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2) Tener cumplidos dieciséis años de edad, con las limitaciones establecidas en la legislación
laboral.
3) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
4) No estar incurso en causas de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones
públicas.
5) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
6) Estar en posesión del Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a personas
dependientes en Instituciones Sociales o equivalente.
7) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes
funciones.

3. Forma y plazo de presentación de instancias.
3.1. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación: Parque de
España, 1, 06500-San Vicente de Alcántara (Badajoz), y en ella deberán hacer constar que reúnen todos y cada uno de los
requisitos establecidos en la base 2.ª, debiendo acompañar a la misma los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI.
b) Fotocopia compulsada de la titulación exigida.
c) Justificante de haber ingresado los derechos de examen.
d) Documentos acreditativos de los méritos que deban ser valorados en la fase de concurso.
La documentación acreditativa de las circunstancias a tener en cuenta deberá ser aportada junto con la
solicitud, o posteriormente a ésta, pero siempre dentro del plazo máximo establecido para la presentación de
solicitudes, debiendo acompañarse en original y en copia debidamente autorizada o compulsada. De no
presentarse en el citado plazo, no serán objeto de valoración en la fase de concurso.
3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de las
presentes bases en el BOP.
3.3. La presentación de las solicitudes podrá hacerse directamente en el Registro General del Ayuntamiento o con arreglo a
la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
3.4. Los derechos de examen serán de 25,00 euros y se ingresarán mediante ingreso en la c/c número
ES78/3009/0112/8424/4974/8124, indicando el concepto: "Cuidadores/as de personas mayores dependientes en
Instituciones Sociales (pisos tutelados)".
3.5. Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan sido excluidos
definitivamente de las pruebas selectivas por causas no imputables a los mismos. A tales efectos, el reintegro se realizará de
oficio.
3.6. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido el mismo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento
(https://sanvicentedealcantara.sedelectronica.es), se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación, siempre y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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